Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

422 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
poder dado á la ley de hacer efectiva la Constitución, no dege 
nerase en el poder de derogarla con el pretexto de cumplirla. 
En este punto la Constitución argentina excedió á todas las co 
nocidas de Sud-América, por la seguridad que dio al derecho 
privado contra el abuso del mas temible poder, que es el poder 
del legislador. 
En efecto, la Constitución argentina, como todas las conoci 
das en este mundo, vió el escollo de las libertades, no en el 
abuso de los particulares tanto como en el abuso del poder. Por 
eso filé que antes de crear los poderes públicos, trazó en su pri 
mera parte los principios que debian servir de límites de esos 
poderes : primero construyó la medida, y después el poder. En 
ello tuvo por objeto limitar, no á uno sino á los tres poderes; y 
de ese modo el poder del legislador y de la ley quedaron tan 
limitados como el del Ejecutivo mismo. 
Veamos los medios de que la Constitución se valió para con 
seguir que su obra no fuese destruida por la obra de la ley, 
que debía ser su intérprete. 
§ X. 
Garanlías de la Gonstilucioii contra las derogaciones do la ley orgánica. — Base 
constitucional de toda ley económica. 
De dos medios se ha servido la Constitución para colocar sus 
garantías económicas al abrigo de los ataques derogatorios de la 
ley orgánica : primero ha declarado los principios que deben 
ser bases constitucionales y obligatorias de toda ley; después ha 
repetido para mayor claridad explícita y terminantemente que 
no se podrá dar ley que altere ó limíte esos principios, derechos 
y garantías con motivo de reglamentar su ejercicio. 
lié aquí sus disposiciones en que se establecen las bases ó 
principios de toda ley económica. 
La Constitución ha sido dada, según las palabras de su preám 
bulo, con el objeto de afianzar la justicia, consolidar la paz inte 
rior, proveer al bienestar general y asegurar los beneficios de l<i 
libertad, para nosotros, para nuestra ¡mteridad y para todos los 
hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino. No 
son estos todos los objetos de la Constitución, sino los objetos
	        
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