1933 —

na. Los puertos son del Estado, de los Ayuntamientos ó de
particulares.
Los pastos de los puertos, aunque muy nutritivos y abundantes,
 son de poca altura y generalmente no se siegan.
Los puertos de. la Asociación Campóo-Cabuérniga.— Los
pueblos que tienen derecho al aprovechamiento de los
pastos de verano para ganado vacuno correspondiente
Á esta Asociación ó Comunidad, son el Ayuntamiento
Hermandad de Campo de Suso, el de los Tojos, Cabuérniga
 y Ruente con varios agregados; además hay gran
número de pueblos usuarios y otros que no habiendo
sjercitado su derecho en un período de más de treinta
años ha prescrito. Los Ayuntamientos mencionados los
poseen en condominio y cuidan de su administración y
conservación, teniendo cada pueblo sitio marcado para el
aprovechamiento de pastos. Los poseen los Ayuntamientos
 por Real sentencia del año 1743 y se rigen por Reglamento
 aprobado en 14 de Julio de 1902. El aprovechamiento
 de pastos dura desde el 25 de Marzo hasta el 11
de Noviembre.
Además de los puertos indicados existen otros, tales
2omo Campóo de Suso, San Miguel de Aguayo, Santiurde
ie Reinosa y algunos otros de menor importancia.
Sierras comunales.—Las sierras comunales están generalmente
 cubiertas de gramíneas de escaso desarrollo y
poco abundantes, son de aprovechamiento comunal, están
muy próximas á los pueblos y casi al mismo nivel que
Sstos, ocupan poca extensión y ordinariamente son poco
abundantes de pastos.
Dehesas boyales.—No existen más que en la parte alta de
la provincia, donde también están enclavados los puertos;
son de aprovechamiento común para toda clase de gana-