■82 BASES para proteger la libertad de las provincias. Esa condición figura en la acta de 2r> de mayo, y ella muestra que el gobierno revo lucionario venía al mundo armado de recelos contra los gobiernos provinciales. El gobierno de Montevideo fné el primero en des conocer la nueva autoridad de Buenos Aires, su capital enton ces. Los jefes de las otras provincias no tardaron en seguir el mismo ejemplo, armándose contra la Junta de Buenos Aires. Elío en Montevideo y Liniers en Córdoba abrieron desde esa época la carrera en que mas tarde lian figurado Artigas, Francia, López y Quiroga, creando un estado de cosas mas fácil de me jorar que de destruir. No viene, pues, de 1820, como se ha dicbo, el desquicio del gobierno central déla República Argentina, sino délos primeros pasos de la revolución de mayo, que destruyó el gobierno uni tario colonial deponiendo al vi rey, y no acertó á reemplazarlo por otro gobierno patrio de carácter central. Derrocado el virey, porque representaba á un monarca que lio existia ya en el trono de España, y porque habia debido su promoción a la Junta central, que no existia tampoco, no que daba poder alguno central en la extension de los dominios espa ñoles. En América hizo el pueblo lo mismo que en la Península : viéndose sin sn legítimo soberano, asumió el poder y lo delegó en juntas ó gobiernos locales. ° La soberanía local tomó entóneos el lugar de la soberanía ge neral acéfala^ y no es otro, en resumen, el origen inmediato del federalismo ó localismo republicano en las provincias del Rio de la Plata (t). XXL Continuación del misino asunto. — La federación pura es imposible en la Re pública Argentina. — Cuál federación es practicable en aquel país. Pero la simple federación, la federación pura, no es ménos irrealizable, no es ménos imposible en la República Argentina, que la unidad pura ensayada en 1826. (1) La materia de este capítulo lia sido tratada extensamente por el autor en el escrito titulado ; De la Integridad nacional de la Confederación Argentina.