29 UE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 673 Tales son los límites del poder administrativo del Presidente, cuyo despacho pertenece por la Constitución á su ministro se cretario de hacienda. Mas adelante, al tratar de la jerarquía de ios funcionarios de hacienda, veremos cuál es la medida del po lier propio, que el ministro inviste en la gestion de esos actos y en el desempeño de esas funciones. Por ahora veamos qué reglas suministra la Constitución para organizar las várias direcciones o servicios en que naturalmente hahrá de dividirse el despacho lie la administración de hacienda por una necesidad de su mejor y mas expedito desempeño. § III. Organización del ministerio de hacienda en varias direcciones ó servicios. Los gobiernos que se apoyan en la opinion, es decir, todos los gobiernos conocidos, porque no solo necesitan de ella los que deben su elección al voto popular, sino también los que deben su estabilidad al apoyo del país; los gobiernos patriotas,que así se llaman los que poseen el asentimiento de la Nación, aceptan, mas bien que eligen, los ministros que la opinion les da. En ninguna parte la opinion es técnica ó facultativa en sus elecciones. Las simpatías, el entusiasmo las deciden. El valor la iplUiHi afamados o propietarios influyentes desnudos de conocimientos especiales y prácticos en el despacho de los negocios de Estado La opinion, siempre inconstante, los abandona y destituye eri cierto modo, antes que los improvisados estadistas empiecen á tomar alguna inteligencia práctica de los negocios. Para remediar ese mal de las repúblicas y de los gobiernos representativos, o para que puedan gobernar los hombres que poseen el gobierno como instinto en lugar de entenderlo como , jiaia que un poeta, un orador, un propietario, un médico, eya os a a cabeza de un ministerio le manejen como á la má quina e un leloj sin estar en el secreto de su mecanismo orgá nico, se la reconocido la necesidad y se ha encontrado el medio de