807 DE LA REPÚBLICA ARC.ENTIVA. SOS. Imponer la opinion de la capital á todo el país argentino, ha sido el anhelo equivocado, que nos ha dado por resultado la descentralización de ese mismo poder central que pretendia ejercer tal predominio, y por ahí los peligros de desmembración ­ que hoy nacen de la misma fuente. Someter la mayoría, negar la autoridad del mayor número para dar la ley á la República, sería revocar el principio democrático, ­ desconocer el dogma de la soberanía del pueblo, en que consiste toda la revolución de América; sería un acto de contrarevolucion en favor del despotismo derrocado en mayo de 1810. Ese papel sería de comedia en manos del pueblo que encabezó ­ la revolución de la independencia contra E<paña. Si Buenos Aires rehúsa admitir el gobierno actual de la Nación, ­ ¿qué esperanza queda de que admita ningún otro gobierno ­ nacional, aunque se elija bajo su influjo, aunque resida en su ciudad misma? — Ya no se puede dudar de que su resistencia ­ es á la institución, no al personal. Un Congreso nacional reunido en Buenos Aires sería siempre iin Congreso elegido por las provincias y compuesto de provinciales. Un Presidente instalado ­ en Buenos Aires por elección de las provincias podría ser el hijo de alguna provincia interior. El orgullo local, armado hoy dia contra toda idea de un poder supremo que no sea obra exclusiva de Buenos Aires , ¿ cederia los mejores establecimientos de la vieja capital, para que fuesen á ocuparlos los gobernantes mandados allí por las provincias? ¿ La aberración que excluye á los hijos de provincia de la silla del gobierno local de Buenos Aires, entregaria sin repugnancia al modesto provincial un asiento diez veces mas encumbrado, cual es el de Presidente de la Confederación? lié ahí lo que hace presumir que el vulgo de Buenos Aires apetece la iniciativa y dirección de la política nacional, por la acción exclusiva y única de su gobierno de localidad, sin la ingerencia ­ inmediata del país, como sucedió bajo el régimen de treinta años, que terminó por la sanción de la Constitución federal ­ vigente y por los tratados de libre navegación fluvial celebrados ­ en isrid con la Inglaterra, Francia y Estados Unidos. ¿Será creible que los tratados de diciembre y ác, enero (hoy abolidos), quesedicenpreparalorios de la union, busquen lo que no dicen, á salier ; — recuperar las ventajas perdidas? ¿Será creible que se dirijan á remover la Constitución nacional esta-