DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. 809 y segura, facilitando la creación del gobierno, que debe mantenerlas. ­ Si Buenos Aires no abriga mira hostil á la Constitución nacional, ­ lo que vale decir, si conviene en restituir á la Nación las ventajas nacionales que retenia en ausencia de ella, y que esa Constitución le ha retirado, debe dar prueba de ello acometiendo ­ la reforma de su constitución local en la parte que esta declara ­ de Buenos Aires los poderes y rentas, que la Constitución federal declara y son de la República Argentina. Devolver por este medio los poderes nacionales ejercidos parcialmente, es propiamente ­ realizar la union; y no es mas ni menos. Se debe creer que Buenos Aires no está en disposición de efectuar ­ esta devolución de poderes por el único camino de operarla, — la reforma de su Constitución local de guerra y de despojo, — supuesto que la considera confirmada por los tratados de diciembre ­ y de enero. Atribuir este efecto á esos tratados, es admitir ­ que tienen por objeto servir á la desmembración, restablecer ­ las cosas al desorden conservado por los antiguos tratados litorales, que dejaba al arbitrio de una sola provincia la suerte de las catorce que forman la República. Buenos Aires perseguiria una solemne quimera, si aspirase á restablecer con mas ó menos modificaciones el desquicio de las provincias, que le dio por treinta años el gobierno irresponsable ­ de la Nación. Ese desórden incalificable y monstruoso, que abisma el pensar cómo haya durado treinta años, y que hace dudar de la inteligencia y despejo atribuidos á los Argentinos, ha pasado para no volver jamas. Si Buenos Aires no lo ve así, da muestras de que no comprende absolutamente la nueva situación, ­ y que su política está en poder de espíritus muy limitados. ­ No son la verdad conocida, la razón del país ilustrada sobre sus intereses, el único obstáculo que impida el regreso de esa situación calamitosa. Son los grandes intereses de orden, los elementos de gobierno, asegurados para siempre por garantías firmísimas, los que han sacado á la República de su círculo vicioso ­ de cuarenta años. El tesoro, el poder han sido traidos á su quicio por el nuevo régimen de navegación lluvial, garantido por tratados concluidos con las primeras potencias de la tierra. La libertad de navegación ha cubierto con su egida á todas las libertades argentinas.