860 ÍNDICE. § VI. La Constitución condena la aduana de protección en el Ínteres de poblar el país 522 § Vil. De la seguridad como principio de población espontánea. — Ga rantías que le da á este fin la Constitución argentina 524 TERCERA PARTE. DISPOSICIONES DE L\ CONSTITUCION QUE SE REFIEREN AL FENÓMENO DE LOS CONSUMOS PÚBLICOS ; Ó SEA DE LA FORMACION, ADMINISTRACION Y EMPLEO DEL TESORO NACIONAL. Capítulo I. — Principios generales de la Constitución en materia de consumos 531 CAPÍTULO II.— Aplicación de las garantías económicas de la Consti tución á los gastos ó consumos privados 533 Capítulo III. — De los consumos ó gastos públicos. — Decursos que la Constitución señala para sufragarlos. — Elementos y posibilidad de un Tesoro nacional en la condición presente de la Confederación. 537 § I. De la sensatez con que la Constitución ha declarado nacionales re cursos que lo son por su naturaleza y por la tradición política ar gentina.— Obstáculos de hecho que la política nacional debe remover por grados y pacíficamente. — Separación rentística de Buenos Aires. 537 § II. Continuación del mismo asunto. — La Constitución ha confir mado la integridad do la República Argentina en materia de rentas, jamas desconocida por tratados 6 pactos nacionales.— Limitaciones del nuevo sistema á la unidad rentística tradicional. — Tesoro de provincia. . . § III, Continuación del mismo asunto. — Posibilidad de los recursos que la Constitución asigna para la formación del Tesoro nacional. — Fáltale sistema, no recursos 549 5^ IV. Continuación del mismo asunto. — Posibilidad del producto de las tierras públicas 552 § V, Continuación del mismo asunto. — Posibilidad del recurso de las contribuciones en la Confederación.— El impuesto es posible cuando hay materia imponible 559 § VI. Continuación del mismo asunto. — Posibilidad de la renta de aduana para la Confederación. — De cómo al rededor de este im puesto gira toda la política argentina desde el principio de la revo lución basta hoy. — Significado rentístico de la resistencia de Rue ños Aires VI. Continuación del mismo asunto. — Posibilidad del crédito publico como recurso de la Confederación comparativamente a Buenos Aires. 576 § Vil. Carácter local de la deuda pública de Buenos Aires, demostrado por el examen de los elementos de que consta 579 ^ VIH. Artificios rentísticos de Rósas para aumentar la deuda de Rueños Aires aparentando disminuirla. — Del fraude en la amortización. — La union á la República solo puede salvar á Buenos Aires de la bancarota á que camina aun después de Rósas 585