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        <title>Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos</title>
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            <forname>Juan Bautista</forname>
            <surname>Alberdi</surname>
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      <div>516 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
como las exigencias de cada país. La solución que conviene á 
un país católico tan civilizado y rico como la Francia, por ejem 
plo, no sería aconsejada para los pueblos católicos de la América 
del Sud por nadie que conociera á fondo las tristes necesidades 
del órden social y político de Sud-América. La libertad de cultos 
no es aquí de espontánea elección ; es de necesidad inevitable, 
un medio impuesto por la necesidad de salvar de la conquista 
y de la desaparición como raza en el abismo abierto á los piés 
de Méjico. 
Alejó también España al extranjero y obligó al nacional in 
dustrial á emigrar á países mas favorables á la industria, por 
sus leyes y reglamentos opresores del derecho natural de todo 
hombre á ejercer el trabajo, á adquirir bienes por su interme 
dio, y á poseerlos y trasmitirlos libremente. La Onnstitucion 
argentina ha tomado el camino contrario, con el fin de atraerle, 
declarando por su artículo 20 que los extranjeros gozan en el 
ierritorio del derecho de ejercer su industria, comercio y profesión; 
poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos ; navegar sus rios y 
costas; testar y casarse conforme á sus leyes. Para que este régi 
men produzca el aumento de población, con la misma eficacia 
con que despobló á España el sistema opuesto, será preciso que 
el derecho orgánico convierta en realidad, en verdad de hecho, 
la libertad de industria, que la Constitución ofrece al extran 
jero. Esta verdad dejará de existir con solo dejar en presencia 
de la Constitución el derecho español, que despobló á España y 
sus dominios, oprimiendo la libertad del trabajo, entorpeciendo 
la navegación y comercio, llenando de dificultades el matrimo 
nio del extranjero disidente, y molestándole en el libre ejerci 
cio de su culto. liemos estudiado en otra parte de este libro los 
infinitos medios indirectos con que se disfraza la opresión del 
trabajo, tanto mas aciaga cuanto mas latente y oculta. Una mala 
ley de hipotecas, una ordenanza iliberal en materia de fábricas, 
de agricultura ó comercio, un impuesto de origen romano ó feu 
dal, es decir, hostil y despreciativo de la industria, la creación 
de un estanco ó monopolio fiscal, pueden ser medios eficaces, 
aunque insensibles, de despoblar el país. 
También alejó la España al extranjero, desconociéndole por 
sus leyes el derecho de entrar y salir, de permanecer y tran 
sitar en el territorio. 
L La Confederación Argentina ha tomado el camino contrario</div>
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