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        <title>Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos</title>
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            <forname>Juan Bautista</forname>
            <surname>Alberdi</surname>
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      <div>DE  LA  REPÚBLICA  ARGENTINA.  809
y  segura,  facilitando  la  creación  del  gobierno,  que  debe  mantenerlas. ­

Si  Buenos  Aires  no  abriga  mira  hostil  á  la  Constitución  nacional, ­
  lo  que  vale  decir,  si  conviene  en  restituir  á  la  Nación  las
ventajas  nacionales  que  retenia  en  ausencia  de  ella,  y  que  esa
Constitución  le  ha  retirado,  debe  dar  prueba  de  ello  acometiendo ­
  la  reforma  de  su  constitución  local  en  la  parte  que  esta  declara ­
  de  Buenos  Aires  los  poderes  y  rentas,  que  la  Constitución
federal  declara  y  son  de  la  República  Argentina.  Devolver  por
este  medio  los  poderes  nacionales  ejercidos  parcialmente,  es  propiamente ­
  realizar  la  union;  y  no  es  mas  ni  menos.
Se  debe  creer  que  Buenos  Aires  no  está  en  disposición  de  efectuar ­
  esta  devolución  de  poderes  por  el  único  camino  de  operarla,
—  la  reforma  de  su  Constitución  local  de  guerra  y  de  despojo,
—  supuesto  que  la  considera  confirmada  por  los  tratados  de  diciembre ­
  y  de  enero.  Atribuir  este  efecto  á  esos  tratados,  es  admitir ­
  que  tienen  por  objeto  servir  á  la  desmembración,  restablecer ­
  las  cosas  al  desorden  conservado  por  los  antiguos  tratados
litorales,  que  dejaba  al  arbitrio  de  una  sola  provincia  la  suerte
de  las  catorce  que  forman  la  República.
Buenos  Aires  perseguiria  una  solemne  quimera,  si  aspirase
á  restablecer  con  mas  ó  menos  modificaciones  el  desquicio  de
las  provincias,  que  le  dio  por  treinta  años  el  gobierno  irresponsable ­
  de  la  Nación.  Ese  desórden  incalificable  y  monstruoso,  que
abisma  el  pensar  cómo  haya  durado  treinta  años,  y  que  hace
dudar  de  la  inteligencia  y  despejo  atribuidos  á  los  Argentinos,
ha  pasado  para  no  volver  jamas.  Si  Buenos  Aires  no  lo  ve  así,
da  muestras  de  que  no  comprende  absolutamente  la  nueva  situación, ­
  y  que  su  política  está  en  poder  de  espíritus  muy  limitados. ­

No  son  la  verdad  conocida,  la  razón  del  país  ilustrada  sobre
sus  intereses,  el  único  obstáculo  que  impida  el  regreso  de  esa
situación  calamitosa.  Son  los  grandes  intereses  de  orden,  los
elementos  de  gobierno,  asegurados  para  siempre  por  garantías
firmísimas,  los  que  han  sacado  á  la  República  de  su  círculo  vicioso ­
  de  cuarenta  años.  El  tesoro,  el  poder  han  sido  traidos  á  su
quicio  por  el  nuevo  régimen  de  navegación  lluvial,  garantido
por  tratados  concluidos  con  las  primeras  potencias  de  la  tierra.
La  libertad  de  navegación  ha  cubierto  con  su  egida  á  todas  las
libertades  argentinas.</div>
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