DE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 507
Los derechos reales ó privilegios y las hipotecas tácitas que
as leyes actuales de origen feudal regalan al señor ó dueño de
a ierra contra el cultivador arrendatario, son leyes que rodean
6 a arma en el corazón de este útil soldado de la producción el
aeseo de sacrificar el presente al porvenir.
lugar hemos indicado la necesidad de cambiar el sis-
wina de nuestra accesión territorial, de origen romano-feudal,
m el cual la tierra era \oprincipal, y la industria y sus obras
io úccesono, anexo y adhérente á lo principal.
Por nuestra ley vigente española, la simple enajenación del
el la solución ó término del arrendamiento, cuando
crear orgánico de él no dispuso lo contrario. Este sistema,
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