Object: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE LA COXFEDERACIOX ARGEXTIXA. 
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§IV. 
Ea efecto, ¿podría convenir una ley protectora de la indus 
tria por medio de restricciones y prohibiciones, cuando el artí 
culo 1-4 de la Constitución concede á todos los habitantes de la 
Confederación la libertad de trabajar y de ejercer toda indus 
tria? Tales restricciones y prohibiciones serian un medio de 
atacar ese principio de la Constitución por las leyes proteccio 
nistas que las contuviesen ; y esto es precisamente lo que ha 
querido evitar la Constitución cuando ha dicho por su art. 28 : 
Los principios, derechos y garantias reconocidos en los ante 
riores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que regla 
menten su ejercicio. Esta disposición cierra la puerta á la sanción 
de toda ley proteccionista, en el sentido que ordinariamente se 
da á esta palabra de prohibitiva o restrictiva. 
¿ Podeis concebir una ley que proteja la inmigración por res 
tricciones y prohibiciones?—Semejante ley atacaría los medios 
que señala la Constitución misma para proteger ese fin. En 
efecto, la Constitución dice por su artículo 25 ; —El gobierno 
federal fomentará la inmigración europea ; y no podrá restringir, 
limitar, ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio 
^t'jjcntino de los extranjeros que traigan por oljjeto labrar la 
tierra, mejorar la industria, é introducir y enseñar las ciencias y 
las artes. Este artículo pone en manos del Estado cuanto medio 
se quiera de fomentar la inmigración, excepto el de las restric 
ciones y limitaciones. 
Tampoco se concibe cómo pudiera la ley alcanzar la introduc- 
eion de nuevas industrias y la importación de capitales extran 
jeros, cerrándoles la puerta del país con prohibiciones ó con 
^iuiitaciones y restricciones equivalentes á una prohibición in 
directa. La ley protectora de esos fines no tiene otro medio de 
obtenerlos, según la mente de la Constitución, que la libertad 
*uas completa. El dinero es bastante poderoso por sí mismo 
Píira (¡ue la ley le proteja con prohibiciones; la única protección 
que la ley pueda darle, es la libertad. 
lainpoco ha querido la Constitución que la construcción de 
ferrocarriles y canales navegables, la colonización de las tierras 
Uacionales, el establecimiento de nuevas industrias y la expío-
	        
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