Object: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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DE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 
propiamente que una renta, pero siendo el mas reproductivo de 
los gastos de la Nación , su tendencia necesaria es á convertirse 
en renta y en renta abundante. 
Veamos las condiciones deque depende esa trasformacion del 
presente gasto de correos en la renta de correos. 
Por su origen y naturaleza es producto de una contribución 
indirecta establecida sobre un servicio que el Estado toma á su 
cargo en el interes del orden público, sin que la industria re 
porte menos ventaja de la unidad y regularidad, que solo el 
Estado puede asegurar al trasporte de la correspondencia. En 
vez de ser una excepción al derecho individual de llevar y traer 
cartas, asegurado con el libre tránsito por la Constitución, es la 
Organización colectiva o pública del uso de ese derecho , en la 
forma de que nos da uu ejemplo la práctica de los países mas 
libres principiando por los Estados Unidos. 
La renta de correos es la mas nacional de las rentas, la mas 
peculiar del Tesoro de toda la Nación, por la razón sencilla de 
que la contribución que le sirve de origen es soportada por to 
dos los puntos del territorio, pues no pagan trasporte de cartas 
los corresponsales que viven dentro de un mismo lugar. 
La primera de las condiciones de que depende el aumento de 
esa renta, es la geografía política que se ha dado la Confedera 
ción por su nuevo régimen constitucional en materia de nave 
gación y comercio. La posta, como la aduana, vuelve por ese sis 
tema á las arcas nacionales, que son dueñas de su renta. Así la 
Constitución ha sido tan sábia como leal, cuando ha dado al 
Congreso general la facultad privativa de arreglar y establecer 
las postas y correos generales de la Confederación. (Art. 64, in 
ciso 13.) 
El nuevo sistema favorece el desarrollo de esa renta, abrien 
do contactos nuevos entre la Confederación y los pueblos ex 
tranjeros , desbaratando las trabas que alejaban á los pueWos 
argentinos unos de otros, y creando intereses comunes que ha 
gan Indispensable la comunicación de los Argentinos entre sí 
mismos y con el extranjero puesto en contacto de intereses con 
el país. 
La renta de correos es la mas legítima hija de la libertad, y 
no puede existir donde existe el despotismo. La seguridad reli 
giosa, la inviolabilidad mas completa de la correspondencia de 
positada en la estafeta pública, es la condición que la baceexis-
	        
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