Full text : La defensa social

ANTONIO JOSE URIBE

fecunda y armoniosa que respecto de los diversos
ramos de la Administración habéis realizado, con el
concurso inteligente, ilustrado y asiduo de todos y
de cada uno de los señores Ministros del Despacho
Ejecutivo, que tanto en sesiones públicas como en
sesiones secretas nos han procurado detallados informes
 orales sobre los más delicados e importan.
tes asuntos del Gobierno, y han presentado numerosos
 e importantes proyectos de ley a la consideración
del Congreso.
Por lo que toca al ramo de Gobierno, expedisteis,
después de prolongados debates, la Ley 69, sobre
defensa social, en cumplimiento del deber primor.
dial de atender a la conservación y a la defensa del
Estado contra las amenazas y los ataques contra la
vida, contra la propiedad, contra la libertad indivi
dual, contra la familia y contra la seguridad de la
República. La aplicación fiel de este estatuto será
de incalculables beneficios para el pueblo colombiano.
La que señala nuevos límites a la Comisaría del
Caquetá y el Putumayo y crea la Comisaría Especial
del Amazonas, es complemento necesario de nuestro
reciente Tratado sobre límites y navegación fluvial
con la República del Perú, así como la que provee a
la colonización y a la defensa de los territorios del
Catatumbo tiene señalada importancia y será fecun.
da en bienes para el país.
Habéis dictado nuevas disposiciones orgánicas de
la Policía Nacional, sobre reformas civiles y judi.
ciales, sobre aumento en el personal de la magistra.
tura, sobre Tribunales de lo Contencioso, sobre ejercicio
 de la abogacía, sobre el censo y sobre navegación
 aérea en el Caquetá, en el Putumayo y en el
puerto de Tumaco.
            
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