Metadata: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. 787 
llamado Pacto federal, con las provincias de Entre Ríos y Cor 
rientes , en que se ratificó y renovó el aislamiento de 1822, or 
ganizado en el tratado cuadrilátero, y el mutuo reconocimiento 
de la libertad, independencia , representación y derechos de cada 
una de las provincias signatarias respecto de las otras. Mas ar 
riba he demostrado que ese pacto de 1831 , lejos de dividir la 
integridad nacional por ese reconocimiento , que confirmaba la 
independencia doméstica de cada provincia, ratificaba en todos 
sus artículos la existencia de la antigua República ó Nación ar 
gentina. Solamente diferia este pacto del de 1822 en cuanto á 
la Organización nacional, que el de 1831 prometia « invitará las 
demas provincias de la República, cuando estén en plena libertad 
y tranquilidad, á que por medio de un Congreso general federa 
tivo se arregle la administración general del país bajo el sistema 
federal. » (Art. 16, inciso 5 del tratado de \ de enero de 1831.) 
— Esperar á que la paz y el órden se estableciesen por sí mis 
mos, para pensar después en crear el gobierno nacional, que 
debia ser la condición anterior indispensable para hacer nacer 
y existir el órden, era lo mismo que postergar la reunion del 
Congreso y la creación del gobierno nacional para el fin del 
mundo. 
Así sucedió precisamente. Entrado Rósas en el gobierno local 
de Rueños Aires, bajo el órden, ó mas bien, bajo el desórden de 
cosas generales que confirmaba ese tratado, Rósas estorbó por 
espacio de veinte años la reunion del Congreso argentino y la 
creación del gobierno federal ó nacional, empleando los motivos 
y la táctica siguientes. 
Como el Congreso debia tener por objeto crear un gobierno 
nacional, y como ese gobierno debia de tomar el poder exterior 
del país, el mando del ejército y el manejo del Tesoro nacional, 
que Rósas manejaba provisoriamente como gobernador de la 
provincia de Rueños Aires; reunirei Congreso, crear el gobierno 
nacional, venía á ser lo mismo que destituir á Rósas , ó mas 
bien, al gobierno local de Rueños Aires, de sn encargo de llevar 
el gobierno exterior de las provincias y del goce de todo el pro 
ducto de la aduana nacional. Rósas sentó la cuestión como de 
bia, ó mas bien , como convenia á su poder. Calificó de traición 
á la Patria el hablar de Congreso y de gobierno nacional. Estaba 
en el interes de la provincia de su mando (que formaba su pro 
pio interes), es decir, en el interes pequeño, local, antinacional.
	        
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