fullscreen: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DEL DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL ARGENTINO. 331 
condescendencia que Catainarca ó Jujuí, provincias iguales á 
ella por derecho abstracto? 
Hé aquí el punto en que la teoría tendrá que doblegarse ante 
los hechos, y reconocer que ellos dan á la provincia de Buenos 
Aires, como porción de la República Argentina, un rol que otra 
no podria disputarle en el mecanismo del gobierno general. 
Por otra parte, si le dejais todos los poderes de nación que 
ejerce hoy,¿con cuáles se formaria el gobierno nacional? — ¿En 
qué se conocerá que Buenos Aires es parte de la Nación Argen 
tina, y no una Nación aparte y separada? Las otras provincias 
proclamadas por la misma Buenos Aires iguales á ella en derecho 
político, como miembros del Estado Argentino, y organizadas á 
su ejemplo, ¿entregarían al gobierno nacional los poderes que 
la de Buenos Aires resistiese devolver? ¿Admitirla la Constitu 
ción unas provincias con poderes locales y otras con poderes de 
nación? 
Ciertamente que no, porque entonces no habría constitución, 
sino alianza de dos naciones soberanas. Hé aquí el punteen que 
los hechos deben ceder á la teoría, es decir, al principio, al de 
recho , á la recta razón (que todo esto es la teoría). — La teoría 
no es mas que el hecho de siempre, mas fuerte que el hecho del 
momento. 
En tal ca^, ¿cuál será la solución única que pueda darse á la 
dificultad , á fin de evitar que á la larga Buenos Aires, por con 
servar su contextura de capital definitiva de su propio terri 
torio, constituya ese territorio en Estado independiente de la 
Republica Argentina?¿Cuál será el medio único de evitar la des 
membración á que se expone el país, si camina por el sistema 
de cosas que ha existido hasta el presente? . 
Ya no la solución que di ó el Congreso constituyente cuando 
declaro á Buenos Aires capital de la República Argentina. Esa 
solución ha quedado sin efecto, porque consagraba un hecho 
que había dejado de existir desde muchos años atras. Otros he 
chos mas nuevos en que tuvo parte la misma Buenos Aires ha 
bían modificado durante la revolución las tradiciones de su 
papel político en la sociedad argentina. 
Si los hechos deben ser respetados por la ley, á fin de que la 
ley tenga un poder eficaz y durable, al menos que se respeten 
todos los que hayan adquirido ese poder por la consagración 
úel tiempo, y fuesen conciliables con la justicia.
	        
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