Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

PREFACIO. 
VII 
parar las leyes sancionadas con los proyectos aparecidos fuera de los 
cuerpos constituyentes. 
Pues bien, los hechos han ido aun mas adelante que los publicistas 
y que los legisladores mismos, en la obra de las instituciones consa 
gradas. Y para convencerse de ello, no hay mas que comparar á las 
instituciones establecidas los hechos sucedidos al mismo tiempo. En 
fuerza de esos hechos Buenos Aires se encuentra fuera de la Union, 
constituido en cabeza de la resistencia, en vez de hallarse dentro, 
como la Constitución lo establecía, á la cabeza del impulso y de la 
Confederación toda. 
Si se dejan sin explicación esos hechos, las instituciones modifi 
cadas por ellos en gran parte no podrán ser perfectamente conoci 
das. 
Los libros anteriores á la Constitución sancionada no explican esos 
hechos, porque se han realizado mas tarde, ó porque su sentido se 
ha revelado después. 
La dictadura de Rósas habla sido como una montaña, que impedia 
ver lo que habla de verdadero detras de su poder personal, en la 
historia de las luchas del Plata. 
Para unos era Rósas un síntoma y resultado del mal. Para otros 
era todo el mal en persona. Su calda ha resuelto el problema y 
puesto en transparencia el horizonte de la historia argentina en toda 
su verdad. 
El obstáculo que se confundió con la persona de Rósas ha conti 
nuado existiendo después de su caida en el mismo pueblo en que 
existió desde ántos do su elevación. 
Así, los libros que podían ser comentarios indirectos de la Consti 
tución por haber servido á la colaboración de su texto, hablan lle 
gado á ser mas propios para oscurecer el sentido verdadero de las 
mudanzas operadas en las instituciones consagradas, por la acción 
espontánea de los hechos posteriores. 
De ahí la necesidad de una revision, que el autor ha llevado á 
cabo en los presentes, con la doble mira de hacerlos servir al comen 
tario de las instituciones consagradas por los legisladores y modifi 
cadas por los hechos en el sentido do su mejora y estabilidad; yá la 
solución de las cuestiones pendientes, que interesan á la organización
	        
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