Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

ELEMENTOS 
300 
y constante, eu virtud del cual esas instituciones dan al gobierno 
local de esa provincia facultades y poderes, que por su natura 
leza corresponden esencialmente al gobierno nacional de las pro 
vincias argentinas. Nacido en 1820, se ha mantenido hasta el 
dia, mas o menos, en la forma que recibió desde 1820 á 1824, 
en cuyo período fueron echados los principales fundamentos de 
él, como he demostrado por los medios citados. 
Antes eran sus leyes sueltas de carácter constitucional los de 
positarios de esos principios de "disolución del gobierno nacional 
argentino; hoy lo es su constitución moderna de provincia-Es 
tado, en que ha refundido esas leyes de desorden, para continuar 
en adelante, como de treinta años á esta parte, el sistema de es 
torbar y contrariar la institución de un gobierno común de todas 
las provincias, á fin de que no pasen á manos de este los po 
deres y rentas nacionales de que Buenos Aires disfrutó por 
abuso. Todas las provincias han abandonado sus leyes absurdas, 
que se dieron a imitación de Buenos Aires, en el largo y triste 
período del desórden. Solo la provincia de Buenos Aires conserva 
y defiende el legado constitucional de esos tiempos, que han hecho 
de calamitosa celebridad la inquietud de los pueblos del Plata. 
§111. 
Las instituciones politices de la provincia de Buenos Aires son origen, expre 
sión y apoyo de las que en todas las provincias eran obstáculos á la orga 
nización general. — Por qu6 las aprecia Buenos Aires. — Creadas por Bi- 
vadavia, en circunstancias anormales y para pocos dias, ya no existirían si 
él hubiese realizado su plan de organización nacional. — La Constitución 
unitaria de 1826 las derogaba. 
Es de notar que hasta 182o el gobierno local de Buenos Aires 
ejerció facultades nacionales sin delegación alguna de poderes, 
de parte de las otras provincias, como mas adelante sucedió 
respecto á política exterior. Las ejerció pura y sencillamente, 
con la conciencia de que le competían cuando ménos en virtud 
de la situación anormal de entóneos. 
Pero no por eso dejaron de subsistir las instituciones, que 
en el principio hablan asignado esas facultades al poder pro 
vincial.
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.