530 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO
consumos, la Constitución argentina ha sido fiel á su sistema
de buscar la riqueza por el camino de la libertad; de servir al
interes del fisco por medio del bienestar general ; de obtener el
* aumento de la riqueza del gobierno por el aumento de la riqueza
de los gobernados, que contribuyen á formarla; de agrandar
las rentas del Estado por el aumento de las rentas de los parti
culares ; y de someter su inversion á las mismas reglas de pru
dencia y de buen juicio de que depende el aumento de las rbntas
privadas. ^ _ n
El conjunto de estas reglas y garantías forma lo que se llama
el sistema rentístico , el plan de hacienda ó sistema de finanzas
de la Constitución argentina, que será el objeto de esta tercera
^ Hemos dejado este estudio para el fin, con la idea de hacer
mas perceptible el mérito del sistema de la Constitución, que
ha dado esta prelacion ó preferencia á la riqueza de la Nación
sobre la riqueza del fisco : prelacion que lejos de tener por mira
la disminución de los recursos del poder, se dirige a fecundarlos
y á ensancharlos, dándoles en la legislación la fuente que los
alimenta en la realidad de los hechos económicos.
En el estudio de las disposiciones de la Constitución argentina
que se refieren al consumo de las riquezas, vamos a examinar.
Cuál es el principio general de su política sobre consumos de
todo género;
Qué reglas constitucionales rigen los gastos o consumos pri-
Qué recursos abraza, qué extension tiene el Tesoro nacional
destinado á sufragar los consumos ó gastos públicos ;
Cómo deben ser reglados los impuestos , para no dañar los
fines de progreso y de libertad de la Constitución, y cómo de
berá reglarse el uso de los otros recursos sin faltar a esos prin-
riDios *
Cual es la autoridad que en el interes de la libertad vota los
impuestos y decreta los gastos públicos ;
Cúal la que en el interes del órden recauda, administra y
aplica el Tesoro conforme á la ley ;
A qué se destina, qué objetos tiene, qué principios respeta el
gasto público según la Constitución argentina.
® De aquí los diferentes capítulos en que será dividida esta ter
cera parte.