Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
En efecto, el partido llamado unitario hirió la antigua unidad 
argentina de un modo mas mortal y duradero, que lo hablan he 
cho con las lanzas sus predecesores los gobernadores insurrectos 
de 1820 ; el partido unitario minó la unidad creando las institu 
ciones de la provincia de Buenos Aires , en que presentó á las 
demás de la República el dechado del aislamiento legislativo y 
administrativo que adoptaron á su ejemplo en sus leyes funda 
mentales de provincia; cayendo el país en esa especie de feuda 
lismo republicano en que ha vivido por treinta años, hasta 
-1853, en que la Constitución federal ha reinstalado la antigua 
Union Argentina: pero no ya en el grado de su centralización 
primitiva y secular, sino teniendo que respetar el poder de pro 
vincia, elemento nuevo ó mas bien retrógrado, que debió su 
consagración definitiva al ejemplo del gobierno provincial de 
Buenos Aires constituido \)0v los unitarios ó centralistas. 
Ese límite, — el poder provincial, — respetado por la cen 
tralización política que han reorganizado en su constitución fe 
deral las provincias confederadas ó ligadas en cuerpo de nación, 
también tendrá que respetarse por la centralización adminis 
trativa en materia de hacienda. Las provincias han conservado 
individualmente todo el poder no delegado por su Constitución 
al gobierno federal. ( Art. 101.) En ese poder, reservado á cada 
localidad, entra también su dósis de poder económico y rentís 
tico, el cual tiene á su vez por límites generales las restric 
ciones rentísticas que le traza el art. 105 de la Constitución. Ese 
órden de cosas, basado en el poder de los hechos, hará inapli 
cable á la administración argentina el principio de uniformidad 
y centralización indivisible, que la administración francesa re 
conoce como uno de sus caractères esenciales. 
Por resultado de ese estado de cosas consagrado por la Constitu 
ción en la Confederación Argentina, como en la de Estados Unidos, 
tendremos dos administraciones distintas, dossistemasde autori 
dades de hacienda, en lugar de uno solo unitario y central: el de 
la Confederación y el de cada provincia. «En Estados Unidos (dice 
M. Odent, traductor francés de Story ) hay cuatro administra 
ciones distintas, cuatro presupuestos : la Union tiene el suyo; 
los Estados, los condados, las comunidades ó cabildos tienen 
igualmente el suyo. » Esa manera de administración dividida ó 
descentralizada, peculiar de las federaciones, y tan útil é inevi 
table en determinadas circunstancias, como la administración
	        
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