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DOCUMENTO LVII.
Cesare al Gonzaga, approvando la destinazione dello Spinola a comandante ge-
nerale, e sollecitando la completa occupazione dei feudi de’ Fieschi.
1547, 28 gennaio
(Estado, Leg. 1194, fol. 409-410)
A don Fernando Gonzaga.
Desde Gayslinghe, a los xxtiIt deste, os screuimos vltimamente como ha-
areys visto, despues se ha regebido vuestra letra de 1x del mismo, por la
iual hauemmos entendido la yda de Juan Pero Cigona a Genona, y la buena
demostracion y prontitud de animo que hallò en los de aquel gouierno, con el
srescimiento de la guardia, y lo demas tocante a la comprouagion y buen
recabdo de aquella ciudad, en. lo qual no ay que dezir, pues, a Dios gratias,
‘odo està pacifico y quieto y a nuestra deuogion, como lo deue a la prote-
tion que siempre hauu:mos tenido, y tenemos, de general y particular de
aquel dominio.
Las consideragiones y causas por las quales os paresge conueniente y ne-
sesario lo que el embaxador Figueroa acuerda del coronel Spinola, son las
mismas que nos hizieron pensar en lo que con don Rodrigo os screuiemos,
omo haureys visto; y assi nos paresge muy bien este camino, que el dicho
2mbaxador apuncta, y vos aprobays assi por lo que toca a la seguridad de
aquella ciudad , que tanto nos yimporta para la de todos nuestros reynos,
sstados y sefiorias, como por que con este medio se podrà poner en effesto
algun dia lo que tanto es necessario, y os sereuimos , por todos respectos;
y no se dubda sino que siendo el dicho Coronel tan afigionado y seruidor
nuestro, y acabandose con los del gouierno, que el. tenga el cargo de la gente
y fuergas de la dicha ciudad. Lo de alli, como prudentemente apunctays, estarà
siempre a nuestra deuogion, y con la quietud y seguridad que conuiene a
auestro seruicio y estado; y assi seremos muy seruidos que este se encamine
y haga con la dexteridad y manera que mejor parescera -a vos y al emba-
sador Figueroa, aquien le screuimos, remittiendonos a vos, como screuis que
se ha concertado entre ambos; y quanto al entretenimiento del dicho Coronel,
pues es assi que haurà de residir forcadamente en Genoua, y que se le