Full text : Documenti ispano-genovesi dell'Archivio di Simancas

( 278 )
que passastes con el principe Doria en las cosas dessa ciudad; sobre las
quales no solamente le auisamos de lo que nos parescia, pero tambien de lo
que nos escriuiò sobre ello don Fernando de Gonzaga, para que, visto lo uno
y lo otro, S. M. pudiesse tomar la resolucion que mas \iesse conuenir a su
seruicio. Agora, con correo expresso, nos ha respoudido a ello en la subsiancia
que aqui se os” dirà. Djize que le paresge que, visto el estado en qua al
presente estan las cosas dessa ciudad, y lo que con el principe Doria de palabra
 y por escripio se ha passado, y lo que ultimamente por vuestra carta
de xxix de enero se entiende, resultan tres puntos a que se dene satisfazer
y proueer. Pero, antes que se venga a ellos, queremos que vos digais al
Principe, en virtud de nuestra carta de creencia que con esta os embiamos,
que la causa porque hauemos dexado de responder a su carta ha sido por
poder auisar a S. M. de lo que con vos hauia passado, y os hauia respondido,
 sobre el assiento de las cosas dessa ciudad ; y de aqui podreys passar
a hablar en lo demas.
Y lo primero, porque el dicho Priiicipe en la respuesta que os diò
paresge que quiere cargar a S. M., diziendo que quando el vino a
su seraicio prometiò a essa ciudad de manienella en su libertad, y que
agora no vela causa, ny ella hauia hecho dessernicio despues acà, para
querer S. M. yr contra lo prometido; S. M. se quiere descargar desto, como
con verdad lo puede hazer, y que vos le digays, en virtud de su carta de
creencia que yrà con esta, que nunca jamas ha tenido fin, ny le tiene,
de querer quitar la libertad a essa ciudad, antes de mantenerla en ella,
Y para esto buscar todos los remedios que les han parescido conuenientes,
como quien entiende y muchas veces por sus ministros le tiene dicho, ser
una misma «osa el bien dessa ciudad, y el mantenerse en su libertad y el
seruicio suyo, y el bien y autoridad de su’ casa de el proprio y de su posteridad,
 y no poder auer dafio en ningana destas cesus, que no participen las
otras dos de el mismo, por las razones que lantas vezes sobre esto se han
plalicado ; y de entender esto de esta manera, y auer tenido y tener esta yntencion,
 es el dicho Principe buen testigo en muchas cosas, y particolarmente
quando propuso al Duque d’Alua que 5. M mietiesse un Gouernador en essa
ciudad y la tuuiesse a su mano, porque por los muchos gastos, assi ordinarios
 como extraordinarios, que essa ciudad tenia, y la poca possibi.idad
para podellos sostener, y la poca libertad que los sefiores del Gouierno tenian
en el hazer justicia contra los que machinanan cosas contra ella, era impossible
 poderse sostener. EI Duque, teniendo subida la voluntad de S. M., le
respondiò que S. M. no lo acceptaria , viendo en aquello ser derechamente
            
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