Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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DKL  DERKCno  PfnLirO  PROVINCIAL  ARGENTINO.  273
^ne  ellos  traen  á  nuestras  poblaciones,  con  las  costumbres  cuias ­
  e  inteligentes  de  los  países  de  que  vienen,  la  lección  de  su
ejemplo  practico,  que  es  el  mas  persuasivo  catecismo.
e  este  modo  es  como  la  economía  política,  ó  la  política  ecooniica,
  es  la  llamada  á  dar  á  nuestro  continente,  civilizado  en
nombre  y  rustico  en  la  realidad,  libre  en  las  palabras  y
se  ayo  en  los  hechos;  de  este  modo,  repito,  es  como  la  economía ­
  es  llamada  á  darnos  la  libertad,  la  moralidad  ,  la  culnra
  inteligente,  por  medio  de  las  inmigraciones,  á  la  vez  que
cazos  y  fuerzas  materiales  para  anonadar  la  acción  embruteora
  del  desierto.  No  es  el  materialismo,  es  el  espiritualismo
US  rayo  oque  nos  induce  á  colocar  los  intereses  económicos
wino  fines  del  primer  rango  en  el  derecho  constitucional  argentino. ­

Sus  constituciones  actuales  no  serán  otra  cosa  que  constituciones ­
  de  territorios  inhabitados  y  ocupados  apenas  por  pobladores ­
  que  no  están  preparados  por  la  educación  para  realizar  la
república  representativa  y  constitucional.  Como  quiera  que  sus
eyes  fundamentales  combinen  esa  población,  sean  cuales  fueren
os  derechos  que  le  den,  no  harán  otra  cosa  que  combinar
Seíra.nridhiío",titilo  y  padfiíf  '
Sus  constituciones  actuales  son  llamadas  á  darles  los  elemenos
  y  medios  que  hoy  no  tienen,  para  constituirse  mas  tarde  en
pueblos  definitivamente  libres.

K1  primero  de  estos  grandes  medios  preparatorios  de  la  vida
constitucional  es  la  población,  en  lo  cual  entran  dos  cosas:  su
aumento  numérico,  y  la  mejora  de  su  condición  y  modo  de  ser
actual.  Necesitamos  mas  población,  y  mejor  población,  para  la
libertad  y  para  la  industria.
A  este  gran  fin  constitucional  deben  ceder  todos  los  demas
por  ahora  ,  tanto  en  la  organización  de  provincia  como  en  la
Organización  general.
Para  ello  es  preciso  que  las  constituciones  locales  apoyen  y
uesenvuelvan  con  especial  interes  las  disposiciones  de  laConstiucion
  general  tendentes  á  fomentar  la  población  ,  y  que  remuevan ­
  con  el  mismo  esmero  todas  las  barreras  que  en  las  cos-
            
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