Full text: La defensa social

ANTONIO JOSE URIBE 
tas y en el mar territorial de la República; una ley 
sobre el régimen de las aguas que, partiendo de las: 
reglas dadas en el Código Civil, regule integramente 
la materia, en beneficio de la agricultura y de la in- 
dustria, en lo que atañe a las aguas lluvias, subte. 
rráneas, muertas, de manantiales y corrientes, asf 
como a las aguas públicas en general y a las res. 
pectivas servidumbres, leyes sobre irrigación, sobre 
colonización interior, desarrollo de la aviación co. 
mercial y del servicio radiotelegráfico, sobre selvi. 
cultura y protección de las reservas nacionales de 
esta preciosa riqueza, y nuevas leyes sobre justicia 
y previsión sociales, en beneficio de las clases obre- 
ras y desvalidas. 
No pocas leyes se han expedido para honrar la 
memoria de eminentes ciudadanos que, en diversos. 
campos, han prestado grandes servicios a la Patria, 
empezando por el egregio Arzobispo Primado doctor 
Bernardo Herrera Restrepo, al cual rendisteis, por 
unanimidad, solemne homenaje de admiración, de 
gratitud y de respeto, que es testimonio de la armo- 
nía en que deben vivir la Iglesia y los poderes pú. 
blicos. 
Para terminar, demos gracias a la divina Provi. 
dencia, que tan visiblemente ha protegido nuestra 
Patria, y que hará fecundo para el bien el resultado 
de nuestras deliberaciones.
	        
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