Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

726 APÉNDICE 
Lo que han hecho las provincias y las naciones extranjeras 
para obtener la Constitución y los tratados, á pesar de la inasis 
tencia de Buenos Aires, han de tener que hacer probablemente 
durante algún tiempo para afianzar esa adquisición y desenvol 
ver sus consecuencias en el interes de la libertad y de la paz. 
Para saber si la República Argentina podrá gobernarse sin la 
asistencia de Buenos Aires, bastará tener presente que Bolivia, 
provincia argentina en otro' tiempo, ha podido existir y existe 
hoy como nación independiente; el Paraguai, que fuá simple 
provincia de la República Argentina, puede vi\ir y \'ive hoy 
como nación independiente; Montevideo, ex-provincia argentina, 
puede ser hoy la República independiente del Uruguai : ¡ y la 
Nación Argentina en su totalidad, es decir, el cuerpo de que 
fueron miembros esas naciones, no habia de poder formar 
gobierno argentino por la ausencia de la provincia de Buenos 
Aires ! 
En posesión de los elementos de poder efectivo que ántes da 
ban á Buenos Aires los medios de impedir la creación del go 
bierno nacional, las provincias lian podido organizar el gobierno 
que tienen,no con simples facultades escritas en una Constitu 
ción, sino con medios reales y efectivos de gobierno, que han 
asumido en virtud del cambio irrevocable de su geografía po 
lítica. 
Luego la paz que existe hoy en tas provincias argentinas , á 
la sombra del gobierno general que se han dado, no es un acci 
dente, sino el resultado necesario y permanente déla existencia 
de un gobierno común, emanado á su vez del nuevo régimen de 
navegación fluvial que ba trasladado á sus manos los elementos 
de poder, retirados á Buenos Aires de nn modo tan irrevocable, 
que solo rompiendo los tratados perpetuos de libre navegación 
firmados con la Inglaterra, la Francia y los Estados Unidos, 
sería posible restituírselos. 
mestre de 1854, pág. 35. Notas del S^ Maeso, autor de ese Registro oñeial, 
á la traducción española de la obra de sir Woodbine Parish.
	        
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