ELEMENTOS
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el ejemplo de una usurpación de facultades de la localidad á la
República. Así Uivadavia y su ministro Agüero dijeron noble
mente en el Congreso de 4820, como consta de sus actas : Dé
monos priesa á devolver á las provincias lo que es suyo, ántes que
vengan á pedírnoslo con las armas en la mano. Si Buenos Aires
hubiera seguido el consejo honrado de Rivadavia, las provincias
no le hubiesen arrancado en Monte Caseros con las armas en la
mano los monopolios de poder y de renta con que las vejó treinta
años.
§1V.
Las instituciones locales de Buenos Aires son obstáculo á la organización ge
neral y á la libertad local. — Rivadavia creó las instituciones con que ha
despotizado Rósas.— Origen del poder extraordinario, déla policía militar,
del sufragio universal, del banco, del ejército de provincia, de las ligas
litorales. —Justificación de Rivadavia.— Posibilidad de que esas institucio
nes hagan nacer nueva tiranía, allí y en el resto del país. — La verdad á
los pueblos como á los hombres : ella salvó los Estados Unidos , no la cor
tesanía á la vanidad del país.
Fuera de la buena intención, las instituciones locales que Ri
vadavia dio á Buenos Aires tienen dos defectos capitales de
forma :
1° En vez de provinciales son instituciones de nación.
2° Son incompletas para cimentar la libertad interior y
local, y muy aptas para fomentar la arbitrariedad y el des
potismo.
Es decir, que son obstáculo para la creación del gobierno na
cional y para el establecimiento de la libertad interior.
He demostrado extensamente lo primero ; pero no he hablado
de lo segundo : y bajo este nuevo aspecto voy á estudiarlas bre
vemente, por razón del influjo que ejercen en la misma Buenos
Aires y en el resto de las provincias, propensas á organizarse á
su ejemplo é imitación en los casos de desquicio general. Este
estudio importa al establecimiento de la libertad interior en
todas y cada una de las provincias.
No hay que ólvidar que la organización política abraza dos
puntos capitales : la creación de la autoridad de una parte, y el
establecimiento de la libertad de otra.