Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

728 APÉNDICE 
pretenden asimilar el rol de Buenos Aires en la nacionalidad 
argentina con el de Paris en la unidad francesa. Mientras que 
Paris nombró siempre los funcionarios del gobierno interior de 
la Francia, Buenos Aires no eligió jamas un gobernador de pro 
vincia. 
Cuando la revolución contra España proclamó la soberanía del 
pueblo argentino, el pueblo de las provincias pretendió, á ese 
título, elegir sus jefes inmediatos; pero Buenos Aires, á título 
de capital, pretendió apropiarse ese antiguo poder de Madrid y 
nombrarles sus gobernadores. 
Las provincias hubiesen aceptado tal vez ese régimen, si Bue 
nos Aires como Santiago, capital de Chile, ó como Lima, capital 
del Perú, hubiese hecho partícipes á las provincias del ejercicio 
del poder nacional, del tesoro y del comercio directo. Pero Bue 
nos Aires excluyó á las jirovincias de su propio gobierno general 
como hacía España , cuando las poseía como su colonia ; y las 
excluyó también del tesoro y del comercio directo, como no ha- 
bia hecho la misma España, que destinó siempre una parte de 
las rentas generales del país para trabajos de utilidad pública 
en esas provincias. Buenos Aires, bajo la República indepen 
diente, absorbió la renta de aduana, por el monopolio de la na 
vegación y del comercio exterior, y jamas destinó un real de esa 
renta para hacer un camino, un puente, una escuela en las 
provincias argentinas, que contribuían á pagarla. La bandera 
española filé la última bandera de la Europa que vieron sus 
puertos fluviales interiores. En adelante no vieron mas que la 
bandera local, porque Buenos Aires no les dejó ver otra. 
La exclusion trajo la guerra entre el centralismo, represen 
tado por Buenos Aires, y las provincias, que disputaron el poder 
como el fin, Y la libertad de navegación fluvial y de comercio 
como el yncdio de conseguir el fin por el influjo de la renta y de 
la geografía política. 
Esa lucha de cuarenta años ha encontrado por fin su término 
en la Constitución nacional de 1853 , aceptada por todas y cada 
una de las Provincias de la Union, excepto la provincia de Bue 
nos Aires , que acabará por aceptar la parte que por esa Consti 
tución le ofrecen las provincias en el gobierno nacional, cuando 
vea que su aislamiento ya no puede impedir la creación de ese 
gobierno. 
Al contrario, ella ha servido á la paz de la República Argen-
	        
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