Full text: Documenti ispano-genovesi dell'Archivio di Simancas

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en comission, escusandose que no lo ha hecho primero, por no dar sospecha 
1 las gentes, y tambien por ser estas cosas de qualidad que conuiene mucho 
secreto, y que scriuiendolo en Corte, no se puede tener que no se alcance 
alguna cosa; y que por estas causas no lo ha querido screuir a V. M., sino 
3smbiarselo a dezir a gora; y no obstante que el dicho Francisco de Grimaldo 
1aurà comunicado a V. M. su comission, no dexarè de dezir lo que a mi 
me ha dicho, que en effecto es lo que yo tengo scripto por la mayor parte, 
unque vayan mas especificados y declarados los puntos y ynconuenientes 
tue dello se pueden seguir, y como se han de desinar las cosas. 
E] principe Doria dize que el siempre ha sido de opinion que V. M. tenga 
sta ciudad unida, y goze del beneficio que della recibe en voluntad de todos, 
> de la mayor parte, y principalmente de la gente principal, y que, para 
que esto se pueda hazer mejor, que el a pensado que es bien reformar el 
1umero de los del Consejo, mayormente del Consejo grande, que es de qua- 
irocientos, en el qual es siempre mayor el numero -del pueblo que no el de 
os gentiles hombres, y que por esta causa, quando se tracta de hazer los 
’tros officios adonde estos se inclinan, como son mas votos, se haze lo que 
“los quieren, de manera que siendo menor el numero seran menos los votos, 
y las eleciones se podran hazer mas libremente , y las personas mas califi- 
adas; y que porque esto no se podrà hazer sino con dificultad, le paresce 
1uò las galeras de Napoles podrian venir con la gente que a el les paresgiesse 
3onueniente, y el salir con las suyas, y juntar con ellas, y dar esta orden 
ue screuia a V. M. para que las cosas se reformassen para adelante, que- 
dando en la libertad que agora tienen , aîiadiendo que para conserualla que 
e crecesca la guardia hasta seiscientos hombres, los quatrocientos en la 
plaga, y en cada puerto giento, lo qual me paresge lo mas necessario; y esto 
20 basta sino nombra una persona confidente a V. M. y a la tierra, perse- 
1erando en esta opinion, porque de aqui si deserepasse, no seria menester 
jue siguisse su opinion; y para esto effeclo no ay. ninguno en quien aya 
sas qualidades, sino en el coronel miger Agostin Spinola. Yo no me he 
juerido declarar en ello, por no dar sospecha a las cosas que se han publi- 
ado; mas, a mi parecer, no se puede hazer cosa que sea mas a proposito de la 
ina y de la otra parte. Demas esto, el principe Doria me ha dado intincion 
Tue podria ser que lo que ha negado por lo passado que al presente qui- 
siesse gozar dello, y tomar toda la auctoridad en si, no para usar della, ny 
mudar la forma del gouierno, mas para tener el primer lugar; porque me 
ha dicho que quando se hizo la reformacion, le quisieron dar a el aquel 
lugar, y que no lo quiso, que agora que seria mas solicito que no hauia
	        
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