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presta prouision que hezistes para que la dafiada intencion del Conde de Fiesco
20 passasse adelante; que ha sido conforme a lo que siempre hauemos espe-
ado y desiado al beneficio, tranquilidad y sosiego de vuestra propia patria,
le cuya conseruacion, assi por su deuocion como por la protection que en
general y particular tenemos de sus cosas, y demonstracion que en esta haneys
asado, podeis ser cierto que ternemos el cuydado que por lo pasado haueys
sodido conoseer, por mirar por ellas y fauorescerlas, como entendereys mas
argo del dicho nuestro embaxador y de Don Rodrigo de Mendoga, nuestro
zentil hombre de la boca, que para este effecto embiamos ().
DOCUMENTO XXXII
credenziali del Mendoza presso il D’ Oria.
1547 , 14 gennaio
f Estado, Leg. 644, fol. 131)
Al Principe.
Abiendo entendido por cartas de nuestro embaxador la alteracion y tumulto
dessa ciudad, Yy muerte del Capitan Juanetin, de que verdaderamente nos ha
infinito desplacido, assi por la affection que le teniamos, como por vuestro
respecto, embiamos a Don Rodrigo de Mendoza nuestro gentil hombre de la
boca para que os visite y consule de nuestra parte, y que juntamente con
nuestro embaxador os diga y comunique lo que lleua por instruction, tanto
por lo que toca al castigo del Conde de Fiesco y sus hermanos, que tan
srand traycion y aleue han usado , quanto por las cosas del gouierno dessa
ciudad y pacification della ; en que no dubdamos que habreys hecho y hareys
‘0do lo que os parescera conuenir a este proposito, y al particular de nue-
stro seruicio. como siempre lo hauevs mostrado.
*) V. Bernabò-Brea, pag. 18.