29
UE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 673
Tales son los límites del poder administrativo del Presidente,
cuyo despacho pertenece por la Constitución á su ministro se
cretario de hacienda. Mas adelante, al tratar de la jerarquía de
ios funcionarios de hacienda, veremos cuál es la medida del po
lier propio, que el ministro inviste en la gestion de esos actos y
en el desempeño de esas funciones. Por ahora veamos qué reglas
suministra la Constitución para organizar las várias direcciones
o servicios en que naturalmente hahrá de dividirse el despacho
lie la administración de hacienda por una necesidad de su mejor
y mas expedito desempeño.
§ III.
Organización del ministerio de hacienda en varias direcciones ó servicios.
Los gobiernos que se apoyan en la opinion, es decir, todos
los gobiernos conocidos, porque no solo necesitan de ella los que
deben su elección al voto popular, sino también los que deben
su estabilidad al apoyo del país; los gobiernos patriotas,que así
se llaman los que poseen el asentimiento de la Nación, aceptan,
mas bien que eligen, los ministros que la opinion les da.
En ninguna parte la opinion es técnica ó facultativa en sus
elecciones. Las simpatías, el entusiasmo las deciden. El valor la
iplUiHi
afamados o propietarios influyentes desnudos de conocimientos
especiales y prácticos en el despacho de los negocios de Estado
La opinion, siempre inconstante, los abandona y destituye eri
cierto modo, antes que los improvisados estadistas empiecen á
tomar alguna inteligencia práctica de los negocios.
Para remediar ese mal de las repúblicas y de los gobiernos
representativos, o para que puedan gobernar los hombres que
poseen el gobierno como instinto en lugar de entenderlo como
, jiaia que un poeta, un orador, un propietario, un médico,
eya os a a cabeza de un ministerio le manejen como á la má
quina e un leloj sin estar en el secreto de su mecanismo orgá
nico, se la reconocido la necesidad y se ha encontrado el medio de