Object: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
Constitución, que lo comprende entre los medios rentísticos de 
la Confederación Argentina; remitiendo al lector, por lo demas, 
al capítulo que antecede, y al capítulo tercero de la segunda 
parte. 
Siendo el crédito público.im recui"so destinado para urgencias 
de la Nación ó para empresas de utilidad nacional, como dice la 
Constitución, parece que ella hubiera querido considerarlo como 
recurso extraordinario, y i'o es en cierto modo efectivamente. 
Pero si se considera que no hay situación mas extraordinaria 
que la de un país que, como la República Argentina, se halla 
en el caso de consolidar su gobierno, de afianzar su paz interior 
perturbada hace cuarenta años y con ella el curso de sus ade 
lantos , de dotar su inmenso suelo de una población de verda 
dera Nación independiente, de construir caminos, puentes, 
muelles, edificios públicos, que no tiene, para crear el Tesoro 
fiscal por el desarrollo de la riqueza pública; si se considera 
que nada es mas extraordinario que esa situación, que es pre 
cisamente la de la República Argentina, se admitirá que el 
crédito público, aun considerado como recurso extraordinario, 
entra en el número de los que pone la Constitución argentina al 
servicio cotidiano del gobierno nacional de ese país. 
Importa sin embargo no olvidar su carácter de extraordinario, 
bajo cuyo aspecto no puede ser centro y símbolo de los demás 
recursos rentísticos, como parecia deducirse del Estatuto, abro 
gado boy dia, que dividió el Tesoro nacional en hacienda y cré 
dito, como pudiera dividirse el hombre en todo su cuerpo de un 
lado, y del otro una de sus manos. El crédito es un miembro 
de los muchos que forman el Tesoro nacional, según el art. \ 
de la Constitución argentina. 
Sin duda alguna que él nos ayudará con sus recursos á orga 
nizar esa patria, que nos ayudó á sacar de la dependencia de 
España. Es el recurso de los ¡laíses pobres por razón de su ju 
ventud. Su porvenir mismo forma su grande y prestigiosa hipo 
teca. 
Pero como los prestamistas son hombres y quieren atenerse 
á cosas mas actuales, y los que colocan sn dinero en títulos del 
Estado lo hacen en busca de una renta aplicable al servicio de 
sus necesidades presentes, será preciso que la Confederación 
empiece por crearse rentas mas actuales y positivas, en vez de 
atenerse exclusivamente al uso del crédito público, que por otra
	        
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