DK LA INTEGRIDAD NACIONAL
ral, no habiendo número, por valido que sea, capaz de resistir
el embate de veinte arietes impulsados por el fanatismo político
ó'el espíritu de impiedad ; y como nunca falta algún goberna
dor, que con pretensiones de filósofo aspire á la gloria de re
formador, ó algún congreso en que se promuevan las mismas
especies, de todas estas causas procede que el sistema federal
sea (en Méjico) el paraíso de los aspirantes. »
Méjico cayó en el error de adoptar al pié de la letra, en su
constitución de 4824, el federalismo de Norte-América, para el
gobierno común de sus Provincias, que habian formado por tres
siglos un vireinato unitario, por las reglas que gobernaban la
union artificial y reciente de los Estados, que por tres siglos ha
bian sido colonias inglesas independientes absolutamente las
unas de las otras. Méjico desconoció lo que Story, Hossi y Toc
queville han llamado, con razón, el punto de partida, es decir
la condición y modo de ser de la vida anterior. Los Estados
Unidos de Norte-América habian sido antes Estados desunidos
ó independientes bajo la dominación inglesa y en los primeros
dias de su revolución. Venian de la multiplicidad á la unidad.
Méjico, como las provincias del vireinato argentino, venia de
la unidad á la diversidad. Tanto uno como otro virei natos
habian sido un solo Estado respectivamente, divididos inte
riormente en provincias para trasmitir la acción del virey , de
positario del poder omnímodo central, á las circunscriciones
domésticas del territorio común. Las provincias, en el antiguo
régimen mejicano y argentino, no eran cuerpos políticos, sino
secciones administrativas de un mismo y único Estado; equi
valían á los coMi/örfos interiores de la colonia de Pensilvania, en
Norte-América, por ejemplo ; así como cada colonia inglesa de
las que hoy forman cada uno de los Estados de la Union , equi
valia en el sistema colonial español á la colonia de Nueva Es
paña ó Méjico, á la colonia del Perú , á la colonia del Rio de la
Plata, á la colonia de Chile , que hoy forman Estados ó Repú
blicas independientes unos de otros, porque la extension del
territorio inmenso que ocupan no les ha permitido formar un
solo pueblo como los Estados Unidos (l).
(1) En 1855, tuve el gusto de oir desenvolver esta misma idea al eminente
publicista de Washington, Caleb Cushin, fiscal general de los Estados Unidos,
« Nuestro sistema federal, me dijo, no es aplicable de ningún modo á la Amé-