fullscreen: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE L\ CONFEDERACION ARGENTINA. 
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mano de prohibiciones y exclusiones, mas desastrosas para las 
manufacturas que se trata de proteger, que para la libertad in 
dustrial atacada por ellas. 
§ V. 
En efecto, los medios ordinarios de estímulo que emplea el 
sistema llamado protector ó proteccionista, y que consisten en 
la prohibición de importar ciertos productos, en los monopolios 
indefinidos concedidos á determinadas fabricaciones y en la im 
posición de fuertes derechos de aduanas, son vedados de todo 
punto por la Constitución argentina, como atentatorios de la li 
bertad que ella garantiza á todas las industrias del modo mas 
amplio y leal, como trabas inconstitucionales opuestas á la li 
bertad de los consumos privados, y sobre todo, como ruinosas 
de las mismas fabricaciones nacionales, que se trata de liacer 
nacer y progresar. Semejantes medios son la protección dada á 
la estupidez y á la pereza, el mas torpe de los privilegios. 
Abstenerse de su empleo, estorbarlo en tolas las tentativas 
legislativas para introducirlo, promover la derogación de la 
multitud infinita de leyes proteccionistas que nos ha legado 
el antiguo régimen colonial, son otro medio que la Consti 
tución da al Estado para intervenir de un modo negativo, pero 
eficacísimo, en favor de la industria fabril de la República Ar 
gentina. 
Se puede decir que en este ramo toda la obra del legislador y 
<tel estadista está reducida á proteger las manufacturas nacio 
nales, ménos por la sanción de nuevas leyes, que por la dero 
gación de las que existen. Derogar con tino y sistema nuestro 
úerecho colonial fabril, es el modo de introducir la lógica y la 
armonía entre la Constitución sancionada y nuestra legislación 
industrial, que, miéntras esté vigente, mantendrá como en en 
cantamiento á la Constitución, señora del país de las ideas, 
®n tanto que las leyes coloniales conservan el señorío de los 
hechos. 
la Obligación política que nace del art. 28 de la Cons- 
que dice : — Los principios, garantías y derechos (de 
reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser 
jtor leyes que reglamenten su ejercicio. Este artículo 
Tal es 
litucion, 
nbertad) 
alterados
	        
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