Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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SISTEMA  ECONÓMICO  Y  RENTÍSTICO

peones,  matrícula  de  comerciantes,  matrícula  de  estudiantes,
matrícula  de  abogados  y  médicos.  Las  puertas  de  esos  trabajos
y  ejercicios  están  cerradas  para  todo  el  que  no  ha  cuidado  de
proveerse  de  papeletas  y  salvoconductos  de  manos  de  la  policía
política,  bajo  cuya  inspección  corren  los  mas  de  esos  gremios
industriales.
Por  un  decreto  del  gobierno  de  Buenos  Aires,  de  47  de  julio
de  4823,  ningún  peon  puede  ser  conchabado  joara  serüicio  alguno
6  faena  de  campo,  sin  una  contrata  formal  por  escrito,  autorizada
por  el  comisario  de  policía  de  la  sección  respectiva.  La  falta  de
esa  solemnidad  hace  ineficaz  el  contrato  ;  ni  es  admisible  en
juicio  demanda  alguna  para  la  devolución  de  un  salario  anticipado. ­

Semejante  legislación  ¿puede  ser  propia  para  arrebatar  á  los
Estados  Unidos  de  Norte-América  una  parte  de  las  inmigraciones ­
  que  les  envia  la  Europa  exuberante  de  población?  Si  en  el
Estado  de  California,  por  ejemplo,  el  mas  atrasado  de  los  Estalados ­
  de  la  Union,  por  ser  el  mas  nuevo,  se  hablase  de  establecer ­
  matrículas  de  ese  género,  para  enrolar  á  los  trabajadores
que  de  todas  partes  acuden  allí  en  busca  de  la  libertad,  ¿no
emplumarian,  al  estilo  del  Norte,  al  que  proyectase  tal  atentado
contra  la  libertad  del  trabajo  ?
La.  orgajiiza,cion  (JUG  gI  tr&L&j  o  iiGCGsita.  en  el  ínteres  de  13-buena
  distribución  de  sus  provechos,  no  es  precisamente  la  que
puede  darle  el  Estado  ;  sino  la  que  depende  de  la  voluntad  libre
de  los  trabajadores,  que  saben  asociar  sus  esfuerzos  y  poner  en
armonía  sus  intereses  rivales,  por  medio  del  derecho  de  asociación
concedido  por  el  art.  44  de  la  Constitución  federal  argentina.  Al
derecho  individual,  al  interes  de  cada  uno  corresponde,  y  no  al
poder  del  Estado,  organizar  y  reglar  las  condiciones  del  trabajo,
para  que  sus  beneficios  se  compartan  entre  todos,  con  una  igualdad ­
  que  la  ley  no  puede  establecer  sin  violar  el  derecho  de  algu
nos  otros.  Que  el  trabajo  se  organice  á  si  mismo,  como  en  e
interes  de  sus  provechos  hacen  los  demas  agentes  de  la  producción ­
  ,  —  el  capital  y  el  terrazgo.  La  libertad  industrial,  coino
la  lanza  de  Aquíles,  tiene  el  poder  de  curar  las  heridas  que  abre
ella  misma.
            
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