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168 EL COMERCIO Y LOS COMERCIANTES
1. ° El poner una persona, voluntariamente, un
capilal à disposición de otra persona.
2. ° La privación del propietario del uso de ese
capital.
3. ° El precio del servicio hecho al que recibe el
préstamo por esa transmisión de propiedad.
4. ° La garantía del riesgo del prestamista.
5. ° El precio del tiempo durante el cual tiene á su
disposición el deudor el capital prestado.
6. ° El deudor paga el servicio que se le hace; si
no quisiera pagarlo, nadie le atenderá.
Suprimir el interés del capital es suprimir el pres
tamista.
Se puede definir el crédito. diciendo que es el ade
lanío de los capitales en circulación.
El crédito no aumenta la cantidad de los capitales
en el momento en que se produce: pero aumenta el
poder productor de estos capitales: es una extensión
del capital y una disminución del tiempo.
Un negociante compra mercancías y da á su pro
veedor en cambio un pagaré á la orden con el com
promiso de solventarlo á los noventa días. El provee
dor lo acepta, y como tiene necesidad de aportar
fondos, lleva el documento de crédito á un banquero,
quien le da á cambio el valor en especies ó le abona
el importe en su cuenta, disminuido en una cierta
cantidad, á cambio del servicio que hace, disminu
ción á que se da el nombre de descuento.
Dicho documento proporciona al comerciante el
poder comprar azúcar, café, paños, sederías, cuya
veníale permitirá reembolsar el efecto á su venci-