Full text: El comercio y los comerciantes

LA POLITICA DE LAS SALIDAS 473 
tes económicos, malas ó buenas cosechas, cambios 
de modas, excesos de gastos, atascamientos de mer 
cancías, etc., los industriales y los comerciantes sa 
ben al menos que las condiciones de sus aprovisio 
namientos ó de sus salidas, no corren el riesgo de 
ser modificadas en veinticuatro horas por cambios 
de las tarifas de aduanas. 
Inglaterra ha podido establecer el 19 de Abril de 
1901 un derecho de salida de un chelín por tonelada 
de hulla. El art. 11 del Tratado de 1860 decía: «Las 
dos grandes potencias contratantes se obligan á no 
prohibir la exportación de la hulla, y á no establecer 
sobre dicha exportación derecho alguno.» De ello re 
sulta que si el tratado de comercio hubiese estado 
siempre en vigor, Inglaterra no hubiese podido esta 
blecer aquella tasa. 
El Gobierno británico no hubiese podido aumen 
tar más el recargo sobre los vinos de 14 de Abril 
de 1899. 
Se ha atacado «la cláusula de nación más favore 
cida». Sin embargo, en todos los tratados de comer 
cio concertados en estos últimos años, se ha mante 
nido dicha cláusula. 
Ella es garantía, para cada una de las partes con 
tratantes, de que al siguiente día de la prima de un 
tratado, nuevas condiciones otorgadas á un tercero, 
no vengan á anular los objetos de aquél. M. Fonta- 
na-Russo, en su Traité de politique commerciale, ha 
expuesto bien claramente la cuestión. 
Los tratados de comercio tienen además otra ven 
taja: ellos representan la tranquilidad del Gobierno
	        
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