( 161 )
que aquel muriese ; hubiese dentro de aquella ciudad persona que fuesse
soldado y dependiese de V. M, porque no le paresce que Adan Centurion
seria solo parte para gouernar una maquina como esta, y que para remedio
desto seria necesario ordenar è Augustin Spinola que ordinariamente resi-
diesse en Genoua, por que con su presencia , y con los amigos y parientes
que tiene muy aficionados al seruicio di V. M., y con las fuerzas que alli
lendria, tiene por certo que en caso que el Principe muriese, aquella ciudad
ron este medio se manternia quieta y en seruicio de V. M. (*).
Acuerda, como ya lo tiene scripto, que el dicho Agustin Spinola no podria
hazer la dicha residencia, siendo pobre y cargado de hijus, sin que V. M. le
mandase dar algun entretenimento para durante aquella; lo qual supplica
sea V. M. seruido considerar como cosa que tanto le importa.
Que el coronel Augustin Espinola les scriuiò a los x! de Junio que aquella
mafiana houian salido los de Montoyo con la correa al cuello y à diserecion,
y que el hauia tomado la possession de aquel castillo; de lo que ha recebido
muy grande consolacion, por verlo fuera de las manos de enemigos de V. M. (*);
2n lo qual se remite a lo que el principe Doria screuirà, por que sabe lo
harà mas cumplidamente.
Que hallandose el en Genoua, el cardenal Cibo le embiò a rogar que le
quisiese huzerle rendir el castillo de Cariseto, que lo hauia comprado el conde
Fiesco de los dineros de la dote de su muger, sobrina del dicho cardenal, el
qual le embiò para mas veridad el sumario de sus scripturas (*), que con esta
viene rogandole, que pues su justicia estaua clara, que no se le quisiese
negar, siendo el -buen seruidor de V. M., y que quando no quisiese
hazer esto, le diputase juezes que hubiesen de ver su justicia sumariamente
y de plano, como la razon lo requiere, por tratarse de ynteresses de muger
y de un seruidor de V.. M. qual el es; y que el sefior Fernando no ob-
stante lo susdiclto, aunque le paresce justo por las razones susdichas y
que no se pueda negar, no ha querido concederle ny lo vno ny lo otro, sin
sabiduria de V. M. A lo qual suplica humilmente mande embialle la resolu-
cion de lo que en ello serà seruido que se haga (*).
(1) Qui cade um altra nota marginale, così concepita. « Se haga en esto lo
-onsultado del coronel Spinola, con lo del entretenimiento ».
(2) In margine si nota: « Fuò bien ».
(*) Altra nota a margine, rispondente a questo periodo: « Que por ser la
cosa desta qualidad y respeceto, que sc deue tener a la consequencia que ter-
ceros podrian pretender, se harà comision de justicia porque llanamente se
rea y proura el negocto como serà justo »