Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

APÉNDICE 
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la República Argentina, á quien corresponde la representación 
de todas las provincias que integran el territorio de esa Nación. 
De esta manera los gobiernos extranjeros dejan de intervenir 
en la composición del gobierno interior de la República Argen 
tina, en lugar de introducirse á darle dos gobiernos nacionales, 
cuando ella solo se ha dado uno por su Constitución general 
vigente. De este modo los gobiernos extranjeros dejan de hacer 
de esa Nación una excepción ofensiva, y le dan el mismo trato 
que á las demas. Le deben esa conducta los gobiernos que le 
han prometido amistad en tratados estipulados con la República 
de las Provincias Unidas, que son catorce; y no con una sola de 
esas provincias, que es igual en derecho jiolílico interior á cual 
quiera de las otras, en virtud de diez pactos repetidos y vigentes 
hasta hoy, respecto á ese principio, y en virtud de ser argentino 
solo un tercio de su población, extranjera en su mayor parte. 
Siendo evidente que Rueños Aires ha perdido sus antiguos 
monopolios por la acción indirecta de la libertad ílu\ial, y que 
la Nación ha tomado sus derechos por obra de esa misma liber 
tad ; los gobiernos extranjeros no deben esperar que la autori 
dad de Rueños Aires haga cumplir fielmente el régimen que la 
ha destituido de las prerogativas nacionales, antes retenidas 
por ella al favor de la clausura de los rios. 
Por el contrario, ellas deben buscar en la estabilidad del go 
bierno general, que ha nacido de esa libertad y que tendrá que 
defenderla como á su vida misma, la mejor garantía del cum 
plimiento del nuevo sistema de navegación y de comercio. Y si 
esa autoridad representa á la mayoría de la Nación, entóuces la 
justicia se une á los intereses, para reconocerla como única au 
toridad nacional de la República Argentina. 
Y no teman los gobiernos extranjeros reconocer en esa nueva 
autoridad un mero nombre. Hoy la autoridad de la Gonfeder¿i- 
cion Argentina w hecho, mas real y positivo que la autoridad 
de Buenos Aires; no solamente por obra de las leyes escritas, 
sino por obra de los hechos reales, en que han tomado parte los 
mismos gobiernos extranjeros. Firmando ellos los tratados de 
navegación, que han cambiado de raíz las condiciones econó 
micas de la República Argentina, los gobiernos extranjeros han 
entregado de un modo indirecto á la Confederación los mismos 
elementos de ascendiente (}ue antes monopolizó Buenos Aires; 
de modo que cuando proceden cerca de esta provincia en la in-
	        
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