APÉNDICE
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la República Argentina, á quien corresponde la representación
de todas las provincias que integran el territorio de esa Nación.
De esta manera los gobiernos extranjeros dejan de intervenir
en la composición del gobierno interior de la República Argen
tina, en lugar de introducirse á darle dos gobiernos nacionales,
cuando ella solo se ha dado uno por su Constitución general
vigente. De este modo los gobiernos extranjeros dejan de hacer
de esa Nación una excepción ofensiva, y le dan el mismo trato
que á las demas. Le deben esa conducta los gobiernos que le
han prometido amistad en tratados estipulados con la República
de las Provincias Unidas, que son catorce; y no con una sola de
esas provincias, que es igual en derecho jiolílico interior á cual
quiera de las otras, en virtud de diez pactos repetidos y vigentes
hasta hoy, respecto á ese principio, y en virtud de ser argentino
solo un tercio de su población, extranjera en su mayor parte.
Siendo evidente que Rueños Aires ha perdido sus antiguos
monopolios por la acción indirecta de la libertad ílu\ial, y que
la Nación ha tomado sus derechos por obra de esa misma liber
tad ; los gobiernos extranjeros no deben esperar que la autori
dad de Rueños Aires haga cumplir fielmente el régimen que la
ha destituido de las prerogativas nacionales, antes retenidas
por ella al favor de la clausura de los rios.
Por el contrario, ellas deben buscar en la estabilidad del go
bierno general, que ha nacido de esa libertad y que tendrá que
defenderla como á su vida misma, la mejor garantía del cum
plimiento del nuevo sistema de navegación y de comercio. Y si
esa autoridad representa á la mayoría de la Nación, entóuces la
justicia se une á los intereses, para reconocerla como única au
toridad nacional de la República Argentina.
Y no teman los gobiernos extranjeros reconocer en esa nueva
autoridad un mero nombre. Hoy la autoridad de la Gonfeder¿i-
cion Argentina w hecho, mas real y positivo que la autoridad
de Buenos Aires; no solamente por obra de las leyes escritas,
sino por obra de los hechos reales, en que han tomado parte los
mismos gobiernos extranjeros. Firmando ellos los tratados de
navegación, que han cambiado de raíz las condiciones econó
micas de la República Argentina, los gobiernos extranjeros han
entregado de un modo indirecto á la Confederación los mismos
elementos de ascendiente (}ue antes monopolizó Buenos Aires;
de modo que cuando proceden cerca de esta provincia en la in-