Object: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

480 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
de la libertad individual en el ejercicio del trabajo y en el goce 
de sus beneficios. 
Bajo este aspecto, es conveniente la reorganización del traba 
jo, es decir, la reforma de la legislación común en sus aplica 
ciones á los beneficios del trabajo, sobre las bases de la igualdad, 
libertad, propiedad y seguridad, dadas por la Constitución. Hé 
aquí el campo y objeto de la reforma económica, en sus relacio 
nes con la Organización del trabajo. 
Esta tarea consiste entre nosotros, mas bien en derogar que 
en estatuir; en derogar las trabas que dejó la colonia y renovó 
la República poco avisada en los misterios que ligan la libertad 
á la industria, mas bien que en estatuir nuevas reglas de que 
poco necesita la libertad. 
Ese trabajo no tendrá por objeto equilibrar la distribución de 
la renta entre los coproductores, pues la distribución nunca 
pecó por desigual en la República Argentina, donde la unifor 
midad de condiciones y clases reinó aun bajo el antiguo sistema 
colonial. Nunca hubo nobles ni títulos de sangre en las provin 
cias que hoy forman la Confederación Argentina; apenas se co 
nocieron uno ó dos mayorazgos. El gobierno español ofreció 
cuarenta títulos de nobleza á familias argentinas, con motivo de 
las victorias obtenidas contra los Ingleses en 1807 , y ninguno 
filé admitido. La reorganización del derecho común argentino 
en sus relaciones económicas con los provechos del trabajo ten 
drá por objeto, mas bien que nivelar esos provechos, fecundar 
los y aumentarlos para todos los partícipes de él, en calidad de 
cooperadores á la producción por medio del trabajo. 
Hé ahí la panacea, hé ahí la protección que el trabajo espera 
de la ley argentina, orgánica de la Constitución en este punto : 
libertad, seguridad, propiedad, igualdad. 
El trabajo entre nosotros no es un campo de batalla; no hay 
concurrencia, no hay víctimas. Los hospitales, la caridad, la 
beneficencia pública no tienen que ejercitarse en favor de las 
víctimas del trabajo; son las víctimas de la ociosidad quienes 
de ordinario disfrutan de sus socorros. 
Buenas leyes de policía contra la vagancia ; persecución del 
ocio como delito contra la sociedad; premios al trabajo dirigi 
dos á dignificarlo, ennoblecerlo; sobre todo, instrucción indus 
trial al pueblo : hé ahí el complemento déla intervención legí 
tima del Estado en la organización del trabajo respecto á la
	        
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