Full text : Documenti ispano-genovesi dell'Archivio di Simancas

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qué os paresge, y causas que days para dissimular con el y no proceder en
lo de Romanese por la via de la fuerga, como os lo hauiamos ordenado ,
hasta que se pueda encaminar juutamente con lo de Parma y Plasencia,
sffreciendose la occasion. Lo qual despues de bien considerado, y estando las
sosas de aqui y de la parte de Frangia de la manera que estan, nos paresce
muy bien pensado, y con la prudencia que soleis, que tanto mas por lo que
continamente se descubre de la mala voluniad del Papa, ynelinagion y aun
yotelligencia que se deue creer que terna con Frangia, juntando las diligenzias
 hechas por su parte para tractar liga con Venegianos, como lo terneys
entendido , y assi nos paresge muy bien y se deue iener fin a lo pringi pal
de recuperar a Parma y Plasengia, teniendo cuidado de sacar secretamente
n claro, y comprobar lo que se dize y entiende, de hauer el dicho Duque
tenido yntelligencia en el tractado de Genona, Yy hauer recogido y comunicado
 secretamente a uao de los hermanos del dicho conde de Fiesco, y
hauer dado asistencia de armas para defension de sus tierras, con lo demas
de los cauallos suyos que acompaîfiaron al otro de la Mirandola (*), y las otras
particularidades que se pudieren sacar a luz, pues todo esto serà gran razon
y muy justificada para demas del derecho que tenemos a las dichas ciudades
de Parma y Plasencia, ocuparlas si se puede hallar medio, y quitarle a Nadarà
 , tanto mas se mostrarà su vellaqueria grande , hauiendo usado de la
lissimulacion y espegie de traigion que usò, embiandose a offresger al remedio
del caso de Genoua luego como sugediò. Però no por esto se le deue
Jdexar de le hazer ynstangia , y requerirle que lo de Romanese se tracie
aimigablemente con la razones y medios que mas os paresceran conuenir, de
nanera que la tolerancia y simple dissimulagion no prejudique a los derechos
 ny de la propiedad ny possession , teniendo siempre aduertencia de
nolar todas las cosas de que en esto execederà y atentarà, y los suyos, para
sacarse a luz toda la probanza que se podrà hauer assi de testigos como de
srobangas, para poder nos seruir de todo a su tiempo.
Y quanto a lo que consultays, si offresciendose os algana aparente occasion,
sin aguardar la de la sede vacante, de poder robar alguna de la dichas
placas de Parma y Plasengia, con dar nombre que lo hezistes de vuestra
3abega sin order nuestra, usareys della y la podreys executar, considerando
1ue al tiempo que viniesedes a exccutar la dicha occasion » podria ser por
lentura que las cosas o destas partes, o de Frangia , esluiessen en terminos
1ue no conueniesse entonces declarar nos contra Su Santidad ny cosa suvya,

() V. Documenti XLVI e LXIL
            
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