Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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EI cabildo de Buenos Aires que, no teniendo poder sobre los 
cabildos de las otras provincias, no podia imponerles un go- 
Lierno creado por él, se limitó á participarles el cambio, invi 
tándoles á reproducirlo en sns respectivas jurisdicciones. 
La Junta gubernativa, que reconocia su origen local y pro 
vincial , y que aun suponiéndose sucesora del virey, conocia 
no tener el poder, de que este mismo liabia carecido, para crear 
los gobiernos nuevos de provincia , dirigió el 2G de mayo una 
circular á las provincias, convocándolas á enviar sus diputados 
para tomar parte en la composición de la Junta y en el gobierno 
ejecutivo de que estaba encargada. Esta circular, atribuida al 
J)^ Castelli, miembro de la Junta, fué un paso de imprevisión 
de inmensa consecuencia, como lo reconoció oficialmente este 
mismo cuerpo en la sesión del 18 de diciembre de 1810, que 
dió por resultado la incorporación de nueve miembros mas á la 
Junta gubernativa , quedando el poder ejecutivo compuesto de 
diez y seis personas desde ese dia. No hubo forma de impedir 
ese desacierto. — Los diputados provinciales, constituidos en 
Buenos Aires, ],idieron un lugar en la Junta gubernativa. Ellos 
eran nueve; la Junta constaba entóneos de siete miembros, por 
la ausencia de los SS. Castelli y Belgrano. La Junta se oponda á 
la incorparacion, observando con razón que un‘número tan 
considerable de vocales sería embarazoso al ejercicio del poder 
ejecutivo. Los diputados invocaron la circular de 2C.de mayo 
en que la misma Junta Ies ofreció parte de su poder. Esta reco 
noció y confesó aquel acto de inexperiencia de su parle. La de 
cision estuvo á pique de ser entregada al pueblo ; pero se con 
vino en que fuese producto de la votación de los nueve dipu 
tados reunidos á los siete individuos de la Junta. Los nueve no 
podian ser vencidos por los siete, y la Junta quedó compuesta 
de diez y seis persdnas. Desde ese momento empezó la disolu 
ción del poder ejecutivo instalado en mayo, que no alcanzó á 
vivir un año entero. 
Ese resultado estaba preparado por desavenencias que liabian 
tenido lugar entre el presidente y los vocales de la Junta pri 
mitiva. Difícil era que un gobierno conliado á tantas manos 
dejase de ser materia de discordia. Se confió el poder á una 
Junta de varios individuos, siguiendo el ejemplo que acababa 
de dar la madre patria c^n motivo del cautiverio del rey Eer- 
nando Vil; pero la Junta de Buenos Aires no imitó el ejemplo
	        
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