Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

96

BASES

8»  El  cuidado  de  proteger  y  garantir  la  independencia,  libertad ­
  y  soberanía  de  cada  provincia.
Estas  bases  son  preciosas.  Ellas  ban  becbo  y  formado  su  trabajo ­
  al  Congreso  constituyente  en  una  parte  esencialísima  de
su  obra.
Por  ellas  conocemos  ya  cuáles  son  los  objetos  que  han  de
constituirse  nacionales  o  federales,  y  sabemos  que  esos  objetos
han  de  depender,  para  su  arreglo  y  gobierno,  del  Congreso
general.
Esas  bases  son  tan  ricas  y  fecundas,  que  el  Congreso  solo
tendrá  que  deducir  sus  consecuencias  naturales,  para  obtener  el
catálogo  de  todos  los  objetos  que  ban  de  declararse  y  constituirse ­
  nacionales  y  subordinados  al  gobierno  general  de  toda  la
República.
Consignándolas  una  á  una  en  el  texto  de  la  futura  constitución ­
  federal,  tendrá  señaladas  las  principales  atribuciones  del
poder  legislativo  permanente.  Las  demas  serán  deducciones  de
ellas.
La  facultad  de  establecer  y  reglar  la  administración  general
del  país  bajo  el  sistema  federal  deferida  al  Congreso  argentino
por  el  tratado  litoral  de  1831,  envuelve  el  poder  de  expedir  el
código  ó  leyes  del  régimen  interior  general  de  la  Confederación.
Los  objetos  naturales  de  estas  leyes,  es  decir,  los  grandes  objetos
comprendidos  en  la  materia  de  la  administración  general,  serán
ei  establecimiento  de  la  jerarquía  ó  escala  gradual  de  los  funcionarios ­
  y  sus  atribuciones,  por  cuyo  medio  reciban  su  completa ­
  ejecución  las  decisiones  del  gobierno  central  de  la  Confederación ­
  en  los  ramos  asignados  á  su  jurisdicción  y  competencia
nacionales.
Respetando  el  principio  de  las  soberanías  piovinciales,  admitido ­
  como  base  constitucional,  ese  arreglo  administrativo  solo
deberá  comprender  los  objetos  generales  y  de  provincia  á  provincia, ­
  sin  entrar  en  el  mecanismo  interior  de  estas.  Así,  el  régimen ­
  municipal  y  de  administración  interna  de  cada  provincia
serán  del  resorte  exclusivo  de  sus  legislaturas,  en  la  parte  que
no  se  hubiese  delegado  al  gobierno  general.
En  cuanto  a  los  íuncionarios  ó  agentes  del  gobierno  general,
ellos  podrán  ser  á  la  vez,  según  los  objetos,  los  mismos  empleados ­
  provinciales  y  otros  nombrados  directamente  por  el  gobierno ­
  general  sujetos  á  su  autoridad.
            
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.