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ELEMENTOS
no puede haber varios gobiernos donde solo existe uno para todo
el país. — Las provincias, bajo el régimen unitario, son simples di
visiones metódicas para facilitar la administración del gobierno
común en todos los puntos del territorio. Una ley general de régimen
interior ó local basta en tal caso, como en Chile, para el gobierno
interior del Estado.
Pero es distinta su importancia en el régimen que la República
Argentina acaba de consagrar por su constitución general interior.
Y sin embargo de que hace años que ese país se dice regido por
el sistema federal, no solo ha carecido de una constitución federa
tiva para todo él, sino que el mismo derecho público de provincia ha
tenido apénas una existencia de hecho, instintiva, reducida á leyes
sueltas de carácter fundamental ó constitucional.
Algunas provincias, como Corriéntes y Entre Ríos, se habían dado
constituciones locales, mas ó ménos regulares por su forma, imitando
el ejemplo del gobierno que se bahía dado Buenos Aires, que fué el
primer gobierno de provincia ó parcial que se introdujo en la Repú
blica Argentina, hasta entóneos unitaria.
Pero esos ensayos, esas leyes de carácter constitucional, concebi
dos sin bastante previsión, han dado formas y facultades al gobier
no provincial, que han venido á ser mas tarde el poderoso obstáculo
parala creación de un gobierno común.
Conocer y fijar de un modo práctico lo que es del dominio del de
recho provincial, y lo que corresponde al derecho de la Confederación
toda, establecer con claridad material la línea de division que
separa lo provincial de lo nacional, es dar el paso mas grande hácia
la Organización del gobierno común y del gobierno de cada pro
vincia.
Por haber desconocido ese deslinde, el derecho provincial ha inva
dido el terreno del derecho nacional. Y como el abandono ó restitu
ción de todo terreno conquistado cuesta á la vanidad ó al egoísmo ;
hoy tiene el aire de degradación el abandono que el sistema de pro
vincia tiene que hacer de facultades arrebatadas al sistema nacio
nal.
Esta manera de mirar las cosas descansa evidentemente en un er
ror fundamental, que hará imposible el establecimiento de un go-