Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

dkl  DERECHO  Pf  BUCO  PROVINCI  AL  ARGENTINO.  245
tiempo  á  ella,  y  nada  mas.  Para  los  delegantes  puede  parecer
económico  ese  sistema  ;  pero  la  provincia,  que  parece  prestar
se  serMcio  gratuitamente,  se  indemniza  á  las  mil  maravillas
esenipeñando  sn  papel  de  nación  por  comisión  de  sus  liermamn
  ^-  (lesaparecen  de  la  escena  del  mundo  risible,  como  las
lijas,  lajo  la  representación  entera  y  absoluta  de  la  provin-U-NACiON,
  del  Gobernador-Presideniel  la  Sala-Congreso,  de
la  t  amara-Corte-Suprema.
p1  absurdo,  que  se  ha  llamado  del  aislamiento,  en
dpc  I  Pi'O^iiicias  argentinas  durante  la  mitad
e  su  M(ia  independiente,  y  que  forma  un  estado  de  desorganin
  ^  radicado  en  sistema  permanente,  digá-,
  ^  ^  debe  acabar  para  siempre  desde  esta  época  memoable;
  porque  de  otro  modo  dejará  por  resultado  en  pocos  años
Clones  locales.  ^
En  apoyo  de  la  doctrina  que  dejo  expuesta,  pudiera  citar
grandes  autoridades  cieiitiiicas;  pero  citaré  una  autoridad  mas
alta  todavía,  y  es  el  ejemplo  de  una  gran  nación.
Ena  ley  es  la  opinion  de  mnclios  millones  de  hombres  :  vale
mas  que  la  opinion  del  mayor  sabio.  Si  ella  reúne  á  la  iusticia
ellos,  expresándolos  uno  jior  uno  en  la  sección  viii  de  su  Consmucion
  federal  sancionada  el  17  de  setiembre  de  1787,  y  vigente ­
  hasta  hoy  para  gloria  y  prosperidad  de  aquel  país.
Ademas  de  expresarlos  en  la  sección  viii  como  poderes  dados
mgolnerno  general,  la  constitución  los  menciona  de  nuevo,  uno
eomo  poderes  de  cuyo  ejercicio  deben
nacion^^*^^  mtlividualmente  los  Estados  reunidos  en  cuerpo  de
iiienui’ii^  enseñado  arriba  como  principios  fundamíe
  s,«  sistema  de  gobierno  federal,  es  precisamente  lo
de  ailmir^  Organización  práctica  del  sistema  que  sirve
_  ^eion  y  ejemplo  á  los  pueblos  libres  de  ambos  mundos  :
inecisaiiiente  como  ¡lerfeccion  teórica,  sino  como  combi-
            
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