Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DEL  DERECHO  PÚBLICO  PROVINCIAL  ARGENTINO.  341
Tal  disposición  constituye  una  necesidad  común  del  gobierno
central  y  del  país.  Ni  el  uno  ni  el  otro  deben  desesperar,  porque
al  dia  siguiente  de  sancionada  la  Constitución  escrita,  que  contiene ­
  el  ideal  del  gobierno  representativo,  encuentren  en  la
realidad  de  hoy  el  mismo  semblante  triste  que  en  la  realidad
de  ayer.  Las  Constituciones  son  decretos  de  los  Congresos;  y  los
Congresos  de  hombres  no  tienen  la  facultad  de  Aquebque  dijo:
Hágase  la  luz,  y  la  luz  fué.
Las  Constituciones  argentinas  serán  sentencias  en  que  el  desierto, ­
  el  atraso  y  las  cadenas  sean  condenados  á  desaparecer;
pero  la  ejecución  de  esas  sentencias  será  obra  de  muchas  generaciones. ­
  Porque  no  hay  Congreso  humano  que  pudiera  racionalmente ­
  esperar  resultados  de  decretos  que  se  concibiesen  :  —
Desde  la  sanción  de  esta  ley  quedan  abolidos  el  desierto,  el  atraso
del  pueblo  y  la  pobreza  del  pais.
El  gobierno  central  sancionado  debe  ser  parco  y  discreto  en  el
uso  de  las  facultades  nacionales  que  le  discierne  la  Constitución
escrita.  —  Habituadas  á  la  independencia  las  provincias,  no  entrarán ­
  sino  por  grados  y  Icntísimamente  en  el  camino  de  la  subordinación ­
  al  gobierno  nacional.  La  autoridad  central  debe  ser
paciente,  indulgente,  nada  exigente  en  los  primeros  tiempos,
respecto  al  ejercicio  de  su  poder  en  el  pueblo  de  las  provincias
confederadas.  Debe  hacerse  sentirlo  ménos.  Satisfecha  por  ahora
con  la  sanción  escrita  del  principio  que  restablece  su  existencia,
debe  esperar  del  tiempo  su  sanción  real  y  definitiva.  Esta  doctrina ­
  debe  aplicarse  especialmente  á  la  solución  de  la  cuestión
de  Buenos  Aires  sobre  reincorporación  al  gobierno  nacional.
Yo  prolongaria  esta  conclusion  con  algunas  reglas  y  avisos
para  la  conducta  política  del  gobierno  argentino,  si  no  las  hubiera ­
  ya  reunido  en  el  capítulo  XXXIV  de  mis  fíases,  que  forman ­
  parte  esencial  de  la  presente  obra,  á  cuya  lectura  remito
por  lo  tanto  al  lector  argentino,  que  algo  aprecie  mis  estudios
para  servir  á  la  organización  argentina.  En  el  derecho  de  provincia ­
  como  en  el  derecho  general,  las  bases  y  puntos  de  partida
son  los  mismos.
            
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