Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

J)96  SISTEMA  ECONÓMICO  Y  RENTÍSTICO
de  deuda  pública  conocido  en  Buenos  Aires  con  el  nombre  de
fondos  públicos,  cuya  invención  pertenece  á  las  finanzas  inglesas.
El  Estado  abre  un  libro  en  que  se  reconoce  deudor  de  un  fondo
de  cinco,  diez  ó  mas  millones  de  pesos,  por  el  cual  promete  el
pago  de  una  renta  periódica  perpétua,  sin  obligarse  á  reembolsar ­
  el  capital.  La  renta  de  esa  deuda  es  á  favor  de  todo  el  que
consiente  en  ser  asentado  en  el  libro  de  la  deuda  pública  como
acreedor  del  Estado,  por  el  valor  de  los  billetes  ó  cédulas  emitidas ­
  á  la  circulación,  de  que  quiera  constituirse  tenedor  pagando ­
  su  precio  al  Estado  ó  al  vendedor  particular.  La  deuda
total  de  cinco  ó  diez  millones,  que  el  Estado  reconoce  en  el
libro  de  su  deuda,  es  distribuida  y  consignada  en  billetes  ó  vales,
por  cincuenta,  cien,  doscientos  ó  mas  ó  ménos  pesos  ,  que  se
libran  á  la  circulación.  Para  que  los  títulos  de  esta  deuda  tengan ­
  y  se  reciban  como  valor  efectivo,  en  el  mismo  libro  en  que
se  asienta  su  capital,  se  declara  que  tanto  él  como  sus  intereses
son  garantidos  con  la  hipoteca  de  los  bienes  y  rentas  ordinarias
de  la  Nación.  Y  como  la  seguridad  de  esta  hipoteca  indeterminada ­
  y  general  no  es  suficiente  para  decidir  á  los  compradores
de  fondos  públicos  á  dar  su  dinero  por  títulos  de  una  renta  que
puede  no  pagarse,  todo  asiento  de  crédito  en  favor  del  tenedor
de  un  billete,  hecho  en  el  libro  de  In  deuda  pública,  contiene  la
asignación  que  se  hace  por  ley  del  producto  de  una  entrada  fiscal
determinada  para  pago  de  la  renta  ó  interes  del  fondo  público
adeudado.  A  esa  garantía  en  favor  del  pago  puntual  del  interes
se  agrega  otra  parala  amortización  del  capital,  creando  al  efecto
una  caja  dotada  por  la  ley  misma  de  los  fondos  y  adjudicaciones
necesarias  para  la  compra  y  destrucción  sucesiva  de  los  títulos
de  esa  rama  del  crédito  público,  hasta  su  completa  extinción.
No  puede  haber  sistema  mas  ingenioso,  mas  practicable  y  eficaz
de  emplear  el  crédito  del  Estado  para  obtener  fondos  adelantados
de  los  prestamistas.  El  éxito  con  que  se  ha  practicado  en  Buenos
Aires  no  permite  dudar  de  la  facilidad  que  tendría  el  gobierno
general  argentino  de  ponerle  en  juego  con  igual  resultado.
Los  billetes  de  esa  deuda  pueden  hacer  las  veces  de  dinero
efectivo  en  manos  del  gobierno  para  las  exigencias  de  su  gasto
público.
Pero  fuera  de  esa  deuda  con  interes  puede  el  Estado  emplear
su  crédito  para  reconocer  otra  sin  interes  alguno,  con  la  sola
promesa  de  pagar  el  capital  reconocido  en  un  plazo  dilatado,  ó
            
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