688 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO
hombres de capacidad notable y de respetabilidad acreditada,
sino por compensaciones dignas de tales prendas, los sueldos
crecidos pagados á la aptitud son un medio de disminuir el gasto
publico en empleados de hacienda. .
Siendo mayor la escasez de hombres capaces en esta materia
que en otros ramos del gobierno, en nuestros países de origen
español convendrá echar-mano de extranjeros acreditados por
su aptitud y probidad, para organizar y desempeñar el servicio
de hacienda en los ramos que exijan conocimientos técnicos,
üles como la contabilidad y las operaciones de la deuda y crédito
publico. En lo público como en lo privado, las grandes fortunas
son hechas con el auxilio de agentes que no por ser asalariados
dejan de formarlas para sus patrones.
En inateria de hacienda, es opuesto á la economía de las rentas
publicas todo servicio gratuito. «Es de temer, dice Say, que
un hombre, por rico quesea,si da de balde sus trabajos, venda
su poder. » Eso es pagar mas caro el servicio que áe trata de
ahorrar.
El gasto mas digno y fecundo de cuantos abraza el ministerio
de hascienda, es el pago de los intereses, dividendos y amortización
de la deuda pública. En este punto se economiza mas cuanto
mas se desembolsa; porque restituir lo ajeno, es como guardar
y salvar un valor precioso para la riqueza nacional.
Gasto del ministerio de justicia, culto é instrucción.—Los
gastos de este ministerio son destinados á satisfacer las necesidades
de la (:,onfederacion de orden intelectual, moral y religioso.
Se componen de lo que cuesta el sostenimiento del culto
nacional; el sueldo de los empleados, y los establecimientos de
la administración de justicia; los trabajos de codificación en el
derecho común ; y por finios muchos establecimientos, trabajos
y empleados destinados á propagar la instrucción útil en el
pueblo de la Confederación de toda condición y sexo.
La justicia, cuyos agentes y establecimientos debe pagar el
Tesoro de la Confederación, no es la ordinaria de carácter civil
y penal, reservada á los deberes fiscales del tesoro de provincia
Es únicamente laque corresponde por la Constitución á la Corte
suprema y a los tribunales inferiores, encargados del conocimiento
y decision de las causas excepcionales que la Constitución
especifica en su artículo 97. El artículo 93 dispone que los
servicios de esos funcionarios tengan una compensación deter-