DE LA INTEGRIDAD NACIONAL
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del pueblo argentino? —No por un tratado de alianza, como se
unen dos poderes extranjeros el uno del otro con un fin especial
y precario; porque entonces quedaría el remedio en la superflciey
el mal en el fondo, quedando en realidad dos naciones bajo
la apariencia de lina sola, con sus dos respectivos gobiernos,
unidos pero no refundidos, aliados pero no consolidados en un
solo gobierno nacional, respecto al ejercicio de ciertos poderes
nacionales por esencia, siempre indivisibles bajo todos los sistemas
de gobierno, como el poder diplomático, el poder militar, el
poder de imposición en aduanas y correos, etc., etc.
No habrá mas medio de operar la union deflnitiva que la
reincorporación de uno de los dos gobiernos dentro del otro en
loque es del dominio nacional; es decir, devolviendo, entregando
el uno al Otro el ejercicio de la soberanía exterior, que
no puede estar en dos gobiernos á la vez sin peligro de crear
dos naciones á los ojos del extranjero; el poder de establecer
y recaudar las rentas de aduanas , de reglar el comercio y la
navegación exterior é interior, de comandar el ejército encargado
de la defensa exterior é interior de la Nación en sus grandes
intereses de órden y de seguridad.
¿ Cuál de los dos gobiernos deberá efectuar esa devolución ó
entrega de poderes, y á cuál ? Naturalmente debe hacer la devolución
aquel que posee ó retiene atribuciones ajenas. Ks ajeno
de la provincia lo que es propio de la Nación en los países unitarios;
es ajeno del Kstado subalterno lo que es propio del gobierno
general en las federaciones.
La República Argentina no ejerce boy facultades que pertenezcan
á Rueños Aires, sino poderes propios de toda ella, como
cuerpo político reconocido en el mundo como Nación indepediente.
Nada tendría que devolver, porque nada ajeno retiene.
Buenos Aires, por el contrario, pretende ejercer la soberanía
exterior, que las naciones extranjeras solo ban reconocido y
solo reconocen boy mismo á la Nación o Confederación Argentina
; pretende ejercer el poder judicial en materias supremas,
legislar en aduanas y comercio, levantar y comandar ejércitos,
firmar tratados internacionales, etc.
Á Buenos Aires le corresponde, pues, reincorporar su gobierno
local en el gobierno nacional, con respecto al ejercicio
de esos poderes generales por su naturaleza en todos los sistemas.
Devolver, entregar el ejercicio de esos poderes al gobierno