Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE  LA  REPÚBLICA  ARGENTINA.

773

V.

Continuación  del  mismo  asunto.—  El  exceso  del  poder  central,  conveniente  á
la  lucha  contra  España,  preparó  la  desmembración  de  algunas  provincias  y
trajo  la  resistencia  de  todas.  —  Tratados  de  paz  entre  el  poder  de  provincia
y  el  antiguo  gobierno  central,  en  que  se  consagró  la  descentralización  del
gobierno  general  vencido  ,  sin  perjuicio  de  la  unidad  de  la  Nación.
Antes  de  1810,  el  gobierno  del  vireinato  de  Buenos  Aires,  que
es  hoy  la  Nación  ó  Confederación  Argentina,  residia  en  manos
de  un  vi  rey,  mandatario  absoluto  que  gobernaba  en  nombre  del
rey  de  España  las  provincias  de  su  distrito.
El  cabildo  ó  municipalidad  de  Buenos  Aires,  accediendo  á  una
petición  del  vecindario  de  ese  pueblo,  destituyó  al  virey  de  su
autoridad  general,  y  colocó  él  (el  cabildo)  el  gobierno  nacional  y
superior  de  todas  las  provincias  del  vireinato  en  manos  de  una
Junta  gubernativa,  elegida  por  una  porción  de  la  ciudad  de  Buenos ­
  Aires.
Esa  junta  vireina,  delegataria  de  un  cabildo  virey,  así  cornu
este  de  un  vecindario  vireinato,  recibió  de  la  revolución  local
que  le  daba  existencia  el  poder  de  proveer  á  los  empleos  en  el
distrito  del  gobierno  general  destituido  ;  —  ejerciendo  de  ese
modo  una  atribución  que  el  mismo  virey  no  habia  tenido  nunca, ­
  la  de  nombrar  gobernadores  de  provincia.
La  Junta  gubernativa  era  provisoria,  «  para  mientras  se  erigia
la  Junta  general  de  todo  el  vireinato,  »  dijo  el  acta  de  su  creación. ­
  Es  decir,  que  el  primer  gobierno  de  la  revolución  argentina ­
  contra  España  fue  provincial,  de  solo  el  pueblo  de  Buenos
Aires,  en  tanto  que  se  instalaba  el  gobierno  nacional.
El  nuevo  gobierno  invitó  á  las  provincias,  por  circular  de  27
de  mayo,  á  enviar  sus  diputados  para  incorporarse  á  la  Junta
(decia  la  circular),  que,  siendo  local  de  origen,  carecia  del  derecho ­
  de  gobernar  á  las  otras  provincias  del  vireinato.
Llegados  los  diputados,  se  les  negó  asiento  en  la  Junta  gubernativa, ­
  diciendo  que  habian  sido  llamados  para  formar  el  Congreso. ­
  El  acta  del  2rj  de  mayo  decia  Junta,  no  Congreso.  Era
como  decir  á  las  provincias  :  Teneis  derecho  á  una  parte  del
poder  legislativo  nacional,  pero  el  ejecutivo  es  incumbencia  local
nuestra.
            
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.