CAPÍTULO V
EL DESCANSO DOMINICAL
Uní coalición de los clericales de todas las reli
giones, de los socialistas revolucionarios y de los
desocupados profesionales, ha conseguido la ley del
13 de Julio de 1906 sobre el descanso semanal.
Semejante hecho prueba una vez más que cuando
los legisladores olvidan ciertos principios de derecho
llegan hasta lo absurdo. Yo les recuerdo:
Todo hombre, siendo propietario personal de sus
fuerzas y facultades, tiene la libertad de usar de ellas
según su voluntad.
Todo hombre es mejor juez de sus actos que los
demás.
Todo hombre conoce mejor sus intereses que los
demás que los ignoran.
Todo hombre debe tener su propio fin en sí mismo
y no debe ser un medio para los otros.
Todo hombre tiene el derecho de discutir los con
tratos de compra, venta, alquiler de trabajo ó de ser
vicios que le son propios; la ley no debe intervenir
más que para asegurar la ejecución, si una de las
partes defrauda.
Tales son los principios de la justicia conmutad-